Cómo elaborar un Plan de Contingencia y un Plan Financiero

Cómo elaborar un Plan de contingencia y Financiación

La profunda crisis provocada por el Coronavirus (Covid-19) ha provocado unas enormes tensiones de tesorería en todas las empresas. Estas tensiones económicas provocadas por el cierre forzoso de negocios y establecimientos así como el confinamiento de los consumidores en sus casas poco o nada se ha visto mitigado por las medidas económicas aprobadas por el Gobierno en su BOE 3824

En este sentido, hoy 26 de Marzo ha sido Publicado ya en el BOE las condiciones en las que el Estado Español va a ayudar a las empresas facilitando el acceso a la Financiación. Puede consultar el BOE 4070 en el que se establecen las medidas de financiación definitivas. Pueden consultar más información sobre las condiciones de estos préstamos ICO avalados por el Estado en el artículo: Aprobadas líneas de financiación avaladas por el Estado.

En este caso, las ayudas prometidas también se apoyan en una cobertura de Riesgo. Incorpora garantía del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a las EEFF por el 50% del riesgo de los clientes. Y con la nueva medida aprobada hoy mismo el estado AVALA el 80% de la operación con lo que parece que se hará más accesible el crédito a empresas y autónomos.

Entre todas las medidas aprobadas vamos a centrarnos en el apartado de Financiación a petición de nuestros socios y colaboradores Asesoría Edac.  Y es que desde el pasado 18 de Marzo se ha publicado en el BOE referenciado que el estado ha creado una línea de avales para las empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19. Estos avales ayudarán a favorecer la concesión de préstamos que no podrán ser utilizados para refinanciar deuda. Nuestros compañeros del departamento financiero no explican así:

“Se abren las líneas de financiación ante la crisis y se adaptan las medidas a las adoptadas ante la crisis de la Agencia de Viajes Thomas Cook. A esta financiación podrán acogerse autónomos y empresas con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según la relación de CNAE que indicamos a continuación: CNAE ICO Covid-19 (Coronavirus).”

En todo caso, para entrar en detalles pueden visitar el siguiente artículo dedicado a estas medidas económicas.

Lo que ocupa el presente es que para solicitar la Financiación prometida las entidades bancarias están pidiendo:

  1. Balances e Impuestos: nada nuevo
  2. Corrientes de pago, certificados de actividad, etc.: nada nuevo
  3. Datos de los emprendedores, rentas, etc. (si os pensabas que no avalaríais estabais equivocados): nada nuevo

Y ahora viene lo nuevo: Nos están solicitando un PLAN DE CONTINGENCIA y un PLAN DE FINANCIACIÓN

¿Qué es un Plan de Contingencia?

Un plan de contingencia es una memoria explicativa donde analizamos los riesgos de nuestra empresa y cómo los vamos a prevenir. Por tanto, estamos hablando de establecer una hoja de ruta para nuestro negocio: Dónde estamos, hacia dónde vamos y cómo lo vamos a conseguir.

En este sentido, y a la pregunta de cómo se hace un plan de contingencia diremos que este plan debe incluir:

  1. Los riesgos de la empresa identificados

Aquí no sólo deberemos definir los riesgos actuales si no explicar qué riesgos teníamos anteriormente, qué riesgos vamos a asumir ahora y cuáles pueden ser los riesgos en el futuro.

  1. Identificar y definir las debilidades de la empresa, cuáles son tus puntos fuertes y cómo puedes poner remedio.

Tal y como hemos comentado, si adjuntamos los Balances de Pérdidas y Ganancias, etc. vamos a enseñar nuestra realidad. Ahí es donde nosotros tenemos que definir cuáles eran los puntos más débiles de nuestra empresa y explicarlos como por ejemplo:

  • La empresa venía trabajando con un margen del x% porque su estrategia era…
  • El riesgo que se estaba asumiendo por esta forma de trabajo era…
  • A nivel financiero la situación era…

Una vez determinado dónde estábamos, pasamos a explicar nuestros puntos fuertes:

  • Esta estrategia nos situaba en el mercado en una posición …
  • Se contaba con un equipo de gestión, comercial, estratégico de …
  • Estábamos llegando a X clientes y teníamos acuerdos comerciales y estratégicos que nos permitían …

Con todo esto, las medidas que se estaban tomando y/o se van a tomar para reducir el impacto de nuestras debilidades son:

  • Hemos reducido personal con productivo con un ERTE
  • Hemos reducido gastos de….
  • Hemos aportado capital privado por valor de…
  1. Debe identificar las necesidades reales basadas en los 2 puntos anteriores.

En este apartado no hablamos sólo de necesidades financieras ya que éstas se identifican en el punto 7. Aquí hablamos de las necesidades más organizativas.

Por tanto, aquí vamos a definir cómo hemos establecido nuestro protocolo de trabajo en adelante. Daremos respuesta las cuestiones que hemos planteado como:

  • Se mantienen como imprescindibles los gastos de: personal básico, instalaciones, etc.
  • Se está procediendo a vender producto on-line, etc.
  1. Quién o quiénes van a llevar a cabo las actuaciones previstas para poder paliar y corregir los fallos y debilidades de nuestro sistema.

Si hemos presentado un ERTE de toda la plantilla tendremos complicado justificar que hay un equipo detrás que puede gestionar la crisis. Por tanto, tendremos que explicar qué actuaciones estamos realizando nosotros como responsables, administradores, etc. para que las medidas de corrección propuestas se cumplan.

  1. Qué medidas estamos llevando a cabo para cumplir nuestros objetivos y garantizar que realmente vamos a reducir el impacto negativo de la situación actual de la empresa.

Llegados a este punto tendremos que marcar unos objetivos concretos. Es decir, cuándo tenemos previsto que la situación inicial que ha causado el impacto negativo quede corregida, en base a qué actuaciones o medidas explicadas en el punto anterior se esperan esos resultados, etc.

  1. Cuándo tiene la empresa previsto volver a iniciar sus actividades y cuál es su planteamiento a la hora de reiniciar la actividad.

Está claro que todos queremos retomar la actividad cuanto antes. Pero aquí tendremos que explicar:

  • ¿continuaremos igual?
  • ¿haremos cambios estratégicos con la plantilla, producto o servicio?
  1. Con qué ahorros cuenta la empresa o cómo podrá garantizar la continuidad del negocio.

Si estamos pidiendo financiación está claro que ahorros poco tendremos. Aún así, podría darse el caso que con los ahorros de que dispone la empresa pudiera mantenerse durante el periodo de cierre temporal pero que no tuviera fondos suficientes para reactivar la producción en el momento de abrir.

Por tanto, ¿Qué necesidades económicas podemos tener para reiniciar la actividad?

  1. Se ha realizado algún ajuste anterior que justifique o garantice que nuestro plan tendrá éxito.

Si ya hemos tenido algún momento de crisis como por ejemplo 2007-2008, o anteriores, podemos explicar en qué situación nos quedamos, cómo pudimos salir adelante, cuál fue nuestra experiencia, etc.

Es decir, es importante que podamos dar valor a la trayectoria de nuestra empresa.

Ejemplo de comparativa anual

Realizar un Plan de Contingencia es muy habitual en grandes empresas. Sin embargo, para la pequeña empresa no ha sido nunca una prioridad. Nuestra recomendación a la hora de presentar este Plan de contingencia al banco es poder realizarlo de una forma sencilla y sin alargarse demasiado en explicaciones. Cuanto más concrete los motivos que provocan este plan de contingencia y las soluciones que propone para salir del paso mejor.

¿Qué contiene un Plan de Financiación?

En un plan de financiación se define cómo se van a conseguir fondos o dinero para nuestra empresa. En este artículo nos vamos a centrar en qué conceptos debe incluir nuestro plan de financiación basándonos en la realidad actual de España y el cierre temporal de empresas y negocios.

Así, en un plan de financiación que se realiza ante un Estado de Alarma como el actual se define identificando cuánto dinero se va a necesitar y para qué, es decir, cuál va a ser el destino, hay que definir también cómo se va a conseguir y justificar qué medidas se tomarán para garantizar la devolución.

Con todo lo anterior, a la hora de pensar cómo se hace un Plan de Financiación o qué incluye un Plan de Financiación debemos pensar en los siguientes aspectos:

  1. Balances de Pérdidas y Ganancias:

Es evidente que para saber hacia dónde nos dirigimos necesitamos saber en qué punto se encuentra nuestra empresa. Por tanto, y ante la situación que nos ocupa, que es la de pedir financiación con CERO INGRESOS necesitaremos determinar cuáles son nuestros gastos fijos y por tanto cuál va a ser nuestra necesidad de tesorería, que trasladamos al siguiente punto.

Ejemplo de cómo mostrar márgenes

  1. CashFlow:

Una vez demostramos que nuestra empresa estaba generando beneficios y que por tanto venía realizando una actividad con cierta normalidad, debemos demostrar que la previsión de cobros y pagos que habíamos realizado era correcta.

Por tanto, llegados a este punto prepararemos una línea temporal con las previsiones de Ingresos y gastos que tenemos y que por tanto ya se han generado a la que seguirá qué pagos van a llegar no previstos debido al Estado de Alarma o Crisis del Coronavirus y que motivan la necesidad de financiación puntual.

  1. Previsión a Futuro:

Es evidente que cuando se levante el Estado de Alarma no volveremos a tener los mismos ingresos o ventas que teníamos previamente.

En definitiva, tenemos que calcular qué necesidades tendremos a futuro para la compra de stock y materiales, para hacer frente al mes o meses que previsiblemente tengamos pérdidas etc.

Ejemplo de qué resultados esperamos o cuál será nuestra evolución

  1. Solvencia:

Acreditar Solvencia será fundamental en este proceso de financiación. Por tanto, nuestro histórico será importante, tanto o más como asegurar la operación con una planificación comercial:

  • ¿Podemos justificar acuerdos comerciales que reporten beneficios futuros?
  • ¿Puede nuestra actividad salir beneficiada cuando se acabe la crisis del coronavirus?
  • ¿Se dispone de recursos propios por si falla todo nuestro plan?
  1. Punto de equilibrio:

Tendremos que acreditar en qué momento hemos llegado a nuestro punto de equilibrio. Es decir, a partir de qué mes esperamos poder devolver la financiación solicitada y empezar a generar de nuevo tesorería.

 

Por internet podrá encontrar multitud de ejemplos sobre cómo preparar este Informe Financiero o Plan de Financiación. Si no tiene claro cómo preparar su Plan de Financiación de Plan de contingencia no dude en consultarnos, estaremos encantados de atenderles. Disponemos de sistemas automatizados para la realización de estos informes económicos y financieros por lo que podemos realizarlos rápido y a un coste acorde a las actuales circunstancias.

Consulte cómo podemos ayudarle a preparar esta documentación.

 

Daniel Moreno Haro

Director La Central del Negocio

Telf. 930153772

info@lacentraldelnegocio.com

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Condiciones servicio Publicación:

Don Daniel Moreno Haro, mayor de edad, en su calidad de Consultor especializado en compra-venta de negocios, con DNI 40994813G, Administrador de LA CENTRAL DEL NEGOCIO, cuyo domicilio profesional es C/ Valencia 482, local, de Barcelona, en adelante denominado LA CENTRAL. La Central Del Negocio es propiedad de Asesoría Edac - Lcdn SL con NIF B64697527 y domicilio social en Barcelona.

Ambas partes, VENDEDOR/CEDENTE/PORPIETARIO (en adelante VENDEDOR) y LA CENTRAL, intervienen, con capacidad legal necesaria y suficiente que se reconocen, suscriben el presente Contrato de Actuación con arreglo a los siguientes 

PACTOS

Primero.-Publicación y Cesión de datos: Para el caso de contratar los servicios de publicación, La Central publicará el negocio, local propiedad descrito en el presente contrato en su página web, siguiendo los datos y parámetros proporcionados por el Vendedor y siguiendo sus instrucciones en todo momento. El precio final de publicación será incorporado por el VENDEDOR en el encargo de valoración del negocio entregado por LA CENTRAL.

En función de la opción de publicación contratada, se informa al VENDEDOR que La Central promocionará el negocio en diferentes portales especializados en compra venta de empresas y traspaso de negocios, alquiler o compra venta por cuenta del cliente y podrá ceder a terceros información de la empresa en venta o negocio en traspaso o local en venta o alquiler por lo que usted autoriza expresamente a La Central a poder divulgar datos del mismo con la finalidad siempre y única de ayudarle a conseguir los objetivos que motivan la propia publicación: venta, traspaso o alquiler.

Así mismo, el VENDEDOR autoriza mediante el presente a que sus datos puedan ser incorporados en sus bases de datos y puedan ser cedidos a terceros que formen parte del mismo grupo empresarial con fines comerciales.

Segundo.-Tiempo. El tiempo de contratación vendrá regulado por su propia elección y será prorrogable por periodos idénticos para el caso de no comunicar decisión en contrario. Por tanto, el presente se realiza con carácter indefinido y hasta la realización de la venta, traspaso o cesión del negocio, alquiler o venta o en su defecto hasta la retirada del anuncio.

Para el caso de querer rescindir el presente sin motivo justificado por anticipado se devengarían los honorarios o compensaciones indicadas en el Pacto Octavo del presente.

Se entenderá por causa justificada de imposibilidad de realizar la cesión, traspaso, venta o alquiler:

1.    Que el propietario del local arrendado no acepte nuevos inquilinos.

2.    Que el ayuntamiento no facilite el cambio de nombre.

3.    Que exista imposibilidad de traspasar o ceder la licencia.

4.    Que por razones urbanísticas deba posponerse el traspaso, venta o alquiler debido a problemas burocráticos, dificultades y/o obras que afecten directamente al negocio,

5.    Por circunstancias familiares extremas que impidan la firma del titular o titulares de la correspondiente licencia y pueda quedar interrumpida la operación, etc.

La Central podrá solicitar justificación de cualquiera de las motivaciones expuestas en el presente.

Tercero.- Modalidades de Contratación y servicios incluidos:


El precio de los servicios indicados podrá ir variando en función de las ofertas publicadas por lo que será objeto directo de contratación a través de sistema directo en web según el momento.

Cuarto.- Obligaciones del Vendedor. El VENDEDOR   se obliga de forma expresa a comunicar la operación de venta, cesión o traspaso y alquiler a LA CENTRAL, debiendo ponerse en contacto con ésta para informar al respecto salvo pacto expreso entre las partes.

La realización de contratos y documentos tanto de compra venta de empresa como cesión o traspaso del negocio, alquiler o venta con otras consultoras no exime al cliente de pagar los honorarios de publicación pactados incluso para el caso de realizar una compra venta de acciones, un subarriendo o una venta parcial o cesión parcial de negocio. Cualquier alteración en la propiedad del negocio o local por cualquier cuestión jurídica o mercantil supondrá la finalización del presente contrato devengando en su caso los honorarios pendientes hasta la finalización del contrato.

Para el caso de contratar el servicio PREMIUM, el VENDEDOR deberá facilitar a LA CENTRAL los datos del COMPRADOR o CESIONARIO para poder llevar a cabo la citada operación y para salvaguardar la propia relación contractual del presente. Así mismo, el VENDEDOR se obliga a informar a su COMPRADOR que sus datos serán proporcionados a LA CENTRAL en salvaguarda del presente contrato.

Quinto.- Compromiso. Corresponderá a LA CENTRAL las labores de realización de los trabajos contratados con total diligencia con la finalidad de poder llevar a buen término la operación de traspaso, venta o alquiler con total garantía para el vendedor o cedente y el comprador o cesionario.

En función de la contratación elegida LA CENTRAL se compromete a mantener informado al VENDEDOR sobre el estado de su anuncio y las estadísticas del mismo para que pueda tomar una decisión más acertada sobre la estrategia a seguir a la hora de vender su negocio.

LA CENTRAL mantendrá, para el caso de contratar el servicio, cualquier anuncio y/o promoción del negocio objeto de traspaso, venta o alquiler hasta que el VENDEDOR comunique su Cesión , traspaso, venta o alquiler definitivo.

Sexto.-Honorarios. La Central no cobrará comisión alguna por la intermediación en el presente contrato al VENDEDOR y remitirá para el caso de contratarse los servicios, los contactos y/o posibles candidatos que surjan directamente para que personalmente puedan negociar ambas partes.

En función del tipo o modalidad de contratación elegida, La Central podrá Asesorar y proporcionar candidatos además de promocionar en diferentes medios el negocio objeto del presente y a gestionar conjuntamente las posibles ofertas de compra que existan sobre el negocio.

La Central podrá devengar honorarios adicionales al COMPRADOR o CESIONARIO por las gestiones de: Realización de contratos, cambios de nombre, cambios de titular de licencia, etc. siempre que este los pida expresamente En ningún caso se cobrará importe adicional al vendedor del negocio más allá de los descritos en el presente siempre salvo pacto expreso entre las partes o que el VENDEDOR contrate otros servicios que ofrece La Central que no son objeto del presente contrato.

No se incluye la tramitación de los cambios de nombre o licencia que en todo caso irían a cargo del comprador o cesionario. Todo ello salva pacto expreso entre las partes que en cualquier caso no exime al cliente de pagar los honorarios indicados en el Pacto Segundo.

Para la prestación del servicio se requerirá el pago de los servicios de forma on-line.

Únicamente el PLAN PREMIUM conlleva unos honorarios adicionales en el momento de realizar la operación de cesión, traspaso, compra venta o alquiler por importe de 1.990€ que serán abonados en el momento de retirar el anuncio o realizarse la operación objeto de publicación.

Honorarios Adicionales:

Le recomendamos que si desea contratar alguno de nuestros Servicios adicionales como Fotografía, Video o Marketing contacte con nuestros asesores para que puedan realizarle un presupuesto a medida. Inicialmente quedan excluidos de la modalidad de contratación directa on-line.

Los Servicios contratados son paquetes estándar y cualquier alteración de los mismos deberá ser objeto de pacto entre las partes de forma previa.

Para el caso de que la cesión, traspaso o compra venta en cualquiera de sus modalidades jurídicas se produjera tras la publicación realizada por LA CENTRAL en las modalidades de contratación Plan Gold y Plan Premium con un precio superior a 80.000€, LA CENTRAL tendrá derecho al cobro de unos honorarios adicionales del 0,7% sobre el valor final de la operación debido al sobrecoste que supone la promoción de este tipo de negocio.

El VENDEDOR cuya publicación se realiza con este importe inicial se obliga expresamente a remitir al retirar el anuncio y/o finalizar la relación comercial con La Central, a remitir el contrato de cesión, traspaso, compra venta o alquiler en cualquier de sus modalidades jurídicas, incluso para el cambio o compra venta de acciones o títulos para salvaguardar la buena fe y que La Central pueda verificar la correspondencia o no de honorarios adicionales.

Séptimo.-Responsabilidades. De no estar expresamente contratado el servicio, La Central no entrará a valorar la veracidad de los datos proporcionados por lo que se exime de toda responsabilidad sobre la documentación aportada a un posible comprador o cesionario, por la veracidad de los datos proporcionados, etc. Se advierte así mismo que para el caso de contratarse el servicio de asesoramiento, al comprador se le advertirá así mismo de este mismo hecho.

El presente contrato se entiende IN PERSONAE por lo que El VENDEDOR asume de forma personal las obligaciones del presente contrato incluso si la forma jurídica objeto de contrato fuera societario.

El Vendedor afirma que los datos incluidos en el presente son ciertos bajo su responsabilidad.

Finalmente, se aconseja al cliente que no rescinda contratos, ni mercantiles ni laborales, hasta la firma del contrato definitivo de Venta, traspaso o cesión, no asumiendo LA CENTRAL responsabilidad alguna por dichos extremos, en ningún caso.

Octavo.- Indemnización por incumplimiento. En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente contrato en base a la modalidad de contratación elegida, EL VENDEDOR se obliga a abonar en concepto de indemnización por daños y perjuicios así como costes asumidos por La Central en concepto de promoción del negocio, uso de web y recursos de la empresa el doble del importe que quedase pendiente de devengo hasta finalización de contrato con un mínimo de 600€.

Así mismo, y de forma adicional, para el caso de la contratación PREMIUM, EL VENDEDOR (cedente) deberá indemnizar a LA CENTRAL con el doble del importe de los honorarios a los que tuviera derecho a percibir LA CENTRAL en base al presente contrato más los intereses que generen como consecuencia de tal incumplimiento como cláusula indemnizatoria por incumplimiento.

Noveno.-Fuero y Legislación aplicable. Con renuncia a cualquier otro foro las partes se someten a la competencia de los Tribunales de Barcelona en todo lo relativo a las discrepancias que pudieran surgir sobre el presente Contrato.

Décimo.- Protección de Datos. De acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos,  le informamos que en DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL  los datos personales que Ud. nos facilite serán incorporados a nuestros ficheros automatizados con el fin de prestarles el servicio solicitado. Los datos facilitados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo que exista obligación legal para ello. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición, previstos en la ley, dirigiendo un escrito a DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL con NIFB64697527con domicilio social en Calle Valencia 482 Local, BARCELONA.


En lo especialmente establecido en este Contrato será de aplicación la regulación del arrendamiento de servicios en el Código Civil