¿Qué Beneficios genera una Residencia Geriátrica? ¿Con qué margen trabajan los geriátricos?

Luces y sombras de un negocio rentable.

¿Qué Beneficios genera una Residencia Geriátrica?

En el presente artículo, y sin extendernos demasiado, vamos a realizar una actualización de datos con respecto al anterior informe de 2015 realizado por esta consultora sobre el Rendimiento y Beneficios que generaban las Residencias Geriátricas.

El motivo de emitir este resumen de datos de forma precipitada y quizá con un formato poco formal se debe principalmente al revuelo organizado en fecha 27 de Abril tras la aparición en el programa de Televisión Todo es Mentira de la cadena Cuatro Televisión de nuestro informe sobre los rendimientos que se obtenían en una residencia. En concreto, su presentador, el Sr. Risto Mejide y los colaboradores del programa, se basaban en nuestro informe para intentar contrastar datos con fuentes oficiales y representantes del sector.

En base a que el programa del Sr. Risto Mejide ha confiado en nuestros datos para intentar arrojar luz sobre el sector, hemos decidido facilitar más información para que en ningún caso puedan ponerse en duda los datos que publica nuestra consultora y por ende que nuestros periodistas puedan realizar su trabajo con más garantías sin temor a ser reprendidos por nadie al estar ofreciendo datos de 2015.

De antemano, muchas gracias por haber confiado en nosotros para ofrecer información sobre el sector de las Residencias.

¿De dónde obtenemos los datos para llegar a las conclusiones que indicaremos?

Los datos obtenidos para el presente resumen han sido extraídos de los propios informes realizados por nuestra consultora durante el análisis de todas las Residencias Geriátricas que han contactado con nosotros para valorar una posible compra de otro centro, realizar inversiones o analizar su propia venta.

Así mismo, y como siempre hacemos en operaciones de inversión y/o compra venta más complejas o de análisis, hemos contado con la colaboración de Asesoría Edac, consultora especializada en gestión contable, fiscal, laboral y jurídica que además dispone de un área especializada en Residencias Geriátricas. Los datos anónimos proporcionados por Asesoría Edac corresponden a los de sus propios clientes a los que gestionan contabilidades, impuestos, nóminas y contrataciones así como asesoramiento jurídico.

¿Cuáles son los parámetros estándar en una Residencia Geriátrica?

Por no extendernos y a falta que nuestros diseñadores puedan poner en bonito nuestra presentación… estos son los números que se mueven en una Residencia Geriátrica. Los datos son principalmente para Residencias situadas en capitales de Provincia como Barcelona o Madrid si bien es extensible a otras poblaciones siempre realizando ajustes de valoración:

  1. Precio que paga de media un Residente / Usuario: Desde 1.500€ a 2.000€ dependiendo del grado de dependencia y servicios ofrecidos por la Residencia.
  2. Personal contratado: aunque habría que entrar en matices evidentemente por categoría, etc. nos aproximadamente para cumplir con los ratios establecidos por ley entre 5 y 6 empleados cada 10 residentes. Debe entenderse que la residencia ofrece servicio 24h por lo que esto no quiere decir que esté todo el personal siempre en la empresa. Estamos ofreciendo la cifra media. Y por otro lado, se están ofreciendo datos genéricos y debe tenerse en cuenta que hay puestos de trabajo más técnicos como podría ser la piscología, el médico, etc. que suelen estar contratados por horas y/o servicios concretos.
  3. Costes de Personal: Se incluye en la partida que vamos a informar los costes de la dirección del centro o Residencia con salarios que suelen oscilar los 4.000€-5.000€ Netos al mes para gerentes y socios técnicos. Los costes salariales alcanzan la cifra del 50% – 55% del facturado.
  4. Costes Alquiler: Aunque es dificil extrapolar el coste a cada usuario, estaríamos hablando de una coste aproximado de Alquiler o la repercusión sobre éstos de entre 150€ y 250€ dependiendo del tipo de edifico y su localización. Si este dato lo trasladamos en % sobre lo que pagan los usuario nos situamos entre un 10% y un 15%.
  5. Manutención y alimentación: aquí se ha creado cierta controversia por el colectivo al informar de los datos brutos (Sin IVA). Por eso mismo hemos procedido a revisar nuestras bases de datos para ver la evolución de los últimos 5 años en este área. Una vez realizado este estudio, concluimos que el coste de manutención de cada usuario se sitúa entre 4,5€ y 5€ lo cual suponer un incremento importante respecto a nuestro último estudio realizado. Es decir, el coste de manutención por residentes es de aproximadamente de entre un 10% de lo que el usuario paga.
  6. Otros costes de Estructura: Los gastos como agua, luz, etc suelen situarse entre el 5% y el 10% del facturado.

Por tanto, si hacemos una composición de la cuenta de Explotación nos encontraríamos con:

¿Qué Beneficios Genera una Residencia Geriátrica?

+ Facturado: 1.500€ (pondremos este ejemplo)

-50% Coste Personal = -750€

– 15% Coste Alquiler = -225€

-10% Manutención= -150€

-10% Estructura = -150€

Total en % = 15%

Total en € = 225€

Por tanto, volvemos o mantenemos las cifras que ya salían en el informe realizado en 2015 si bien ha habido variaciones en algunos datos.

Concluimos por tanto que el 15% sigue siendo un rendimiento válida y estándar en el sector.

Distinción según el tipo de Residencia:

Los datos expuestos anteriormente se basan en Residencias con capacidades que se mueven entre las 25 plazas y las 150-200 plazas. Durante la entrevista se citaba que la cifra media del sector o beneficio medio del sector se situaba en el 8%. Pues bien, esto tiene varias explicaciones:

Residencias de 25 plazas a 200 plazas:

Estas residencias podrían encuadrarse dentro de los negocios que se denominan autoempleo. En estas residencias suele trabajar todo un nucleo familiar que además tienen una dedicación por lo general incansable y total al negocio. O lo que es lo mismo, siempre hay alguien encargándose del negocio y/o trabajando allí.

La razón es muy sencilla, y es que aunque pueda parecer que un Beneficio de un 15% es mucho, cuando hablamos de empresas que tienen que cumplir con unos ratios mínimos de personal, etc para continuar disponiendo de permisos, una baja o exitus entre sus residentes hace mucho daño a nivel económico ya que no existe o es muy difícil realizar ajustes.

Sobre el mismo ejemplo que habíamos puesto, efectivamente, ganamos 225€ por residente, pero ¿qué pasa si en una Residencia de 25 plazas por ejemplo tenemos 2 bajas?. Tener 2 bajas implicaría perder 3.000€ de facturado.

En este ejemplo, si con 25 plazas decimos que ganamos el 15% de 1.500€ implicaría ganar 5.600€ al mes, pero si hemos tenido 2 bajas estaríamos ganando 1.600€, lo cual quizá sea mucho dinero para muchísimas gente, pero no lo es para un negocio que exige una dedicación y responsabilidad enorme.

Estos negocios no suelen funcionar bien si sus dueños no están pendientes y encima de forma constante. Los dueños suelen ser sufridores con una vocación al negocio incansable. Y sí, claro que es un negocio y claro que quieren ganar dinero, pero no lo harán a coste de los usuarios, quizá lo hagan a costa de menos mejoras o renovaciones, etc. pero no es habitual que los dueños descuiden a trabajadores y usuarios/residentes.

Residencias con más de 200 plazas:

Aunque evidentemente hay particulares que tienen Residencias Geriátricas de este tamaño, lo más habitual es que estas residencias estén en manos de grupos socio sanitarios, fondos de inversión o socimis. Es evidente que por tamaño y facturado se llevan la palma frente al resto de residencias de menor tamaño y quizá por eso la media que desea mostrar el sector sea del 8%. Y es que realmente, estas residencias tienen un rendimiento inferior, pero analicemos el por qué según los mismos bloques

  1. Facturado o coste del usuario: Es el mismo si no superior porque LA MARCA hace mucho. Decir que eres de un grupo u otro puede marcar diferencias en el precio, que no en el servicio.
  2. Personal: Los ratios a cumplir son los mismos. Por tanto, si las cosas se hacen bien no tiene que haber diferencias.
  3. Costes de Personal: Aquí empieza la madre del cordero… Estas residencias al pertenecer a grupos empresariales suelen tener desde el director financiero, pasando por el jefe de administración, continuando por el Consejero, etc. haciendo que los costes se eleven sustancialmente en cargos no esenciales para el desarrollo de la actividad. Es decir, si los ratios a cumplir son los mismos, en estas residencias se premia mucho más el control y el dominio sobre los empleados que no en una residencia de menor tamaño, donde sólo se cuenta con el personal indispensable para el servicio a los usuarios y trabajos administrativos, financieros, laborales, etc son derivados a gestorías como Asesoría Edac por ejemplo.
  4. Coste de Alquiler: Aquí encontramos otra diferencia porque mientras que las residencias pequeñs en general están en régimen de alquiler y pagando a un tercero, estos grupos empresariales suelen utilizar sus empresas patrimoniales o SICAV para comprar los inmuebles donde posteriormente van a ejercer la actividad de Residencia. Por tanto, los alquiler se disparan hasta el 15%-20% ofreciendo buenas rentabilidades a los inversores de la SICAV en detrimento de la propia actividad de la Residencia.
  5. Costes de alimentación y manutención: son idénticos. Pensemos que en muchos casos hablamos incluso de servicio de catering donde todo está subcontratado: comida y personal.
  6. Otros constes de estructura: son idénticos el %.

Así, las diferencias para llegar a ese 8% se sitúan principalmente en: Estructuras de personal poco eficientes y sobre costes en alquiles con auto contrataciones encubiertas.

Si nos ponemos ya a criticar, podríamos decir que las Residencias públicas también tienen en general, como prácticamente todo lo público, un coste de personal excesivo y poco eficiente. Sin embargo, no podemos obviar que si bien de ser una Residencia Pública ser Privada seguramente perdería dinero y tendría que cerrar, la Residencia Pública realiza un función básica de atención a los ciudadanos, a unos precios subvencionados y además, si tiene exceso de personal quiere decir que da trabajo a más gente. Quizá no sea la mejor manera de hacerlo, pero con servicios básicos quizá debamos asumir esta ineficiencia económica. A la vista está la situación actual de la Alerta Sanitaria y Crisis del Covid19.

Situación actual del sector:

La Residencias están pasando por un mal momento. Las regulaciones en materia de prevención y avisos de precaución han llegado tarde y mal. En concreto podemos hablar de varios sucesos pasando desde la realización de pruebas a trabajadores y residentes con test defectuosos que ha provocado que no se tomen las medidas correctoras a tiempo, pasando por EPIs retenidos en almacenes y llegando a lo más grave, la omisión de socorro a muchos ancianos en residencias.

Estos días hemos visto llorar a muchos de nuestros clientes explicándonos la impotencia al ver que uno de sus residentes se estaba marchando, no podía despedirse de la familia y a su vez los servicios de urgencias y hospitales informaban que no iban a ir a recogerlo y que debían sedarlo para que muriese sufriendo lo menos posible. Esta es la realidad de lo que ha pasado y está pasando.

Y aquí, como todo, los hay que lo han intentado hacer bien y los hay que han pasado de todo. Actualmente nuestra consultora nos indica que está recibiendo consultas y preparando demandas en ambas direcciones:

  1. Residencias que se plantean denunciar a la administración por no suministrar EPIs o no dejar adquirirlos a la vez que los servicios sanitarios cometían el delito de Omisión de Deber de Socorro, sea por colapso o no y desde luego no focalizado sobre las personas que prestan ese servicio que han realizado su trabajo como han podido. Entre otras barbaridades que nos han explicado.
  2. Familiares de Residentes fallecidos que consideran que la Residencia no tomó medidas de prevención adecuadas y abandonaron a sus familiares.
  3. Trabajadores obligados a trabajar e infectados por no disponer de EPIs a la vez que trabajadores sanos omitían su deber de ir al trabajo disponiendo de todos los EPIs y por tanto poniendo en peligro el servicio de atención a l@s ancian@s.

En concreto nos informan que ante la avalancha de consultas y posibles demandas en el sector se realizó un monográfico sobre la responsabilidad de las residencias frente a los contagios y la responsabilidad de la Administración pública.

 

Esperamos que la información presentada haya podido aclarar algunas dudas existentes sobre cómo funciona el sector, con qué márgenes trabaja y sin duda cómo debemos diferencias a las Residencias entre ellas porque no todas son iguales y hay una inmensa mayoría que realiza una función fantástica y digna de elogio.

Muchas gracias,

Daniel Moreno Haro

Director de La Central del Negocio

Telf. 930153772

admin@lacentraldelnegocio.com

 

En cuanto a la información aparecida en TV en el programa de Cuatro Televisión del presentador Sr. Risto Mejide TODO es MENTIRA, aquí dejamos más referencias del anterior informe en el que se han basado para ofrecer datos: Rendimientos y Beneficios de una Residencia 2015

Dejamos información gráfica de los datos ofrecidos:

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Comentarios

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Condiciones servicio Publicación:

Don Daniel Moreno Haro, mayor de edad, en su calidad de Consultor especializado en compra-venta de negocios, con DNI 40994813G, Administrador de LA CENTRAL DEL NEGOCIO, cuyo domicilio profesional es C/ Valencia 482, local, de Barcelona, en adelante denominado LA CENTRAL. La Central Del Negocio es propiedad de Asesoría Edac - Lcdn SL con NIF B64697527 y domicilio social en Barcelona.

Ambas partes, VENDEDOR/CEDENTE/PORPIETARIO (en adelante VENDEDOR) y LA CENTRAL, intervienen, con capacidad legal necesaria y suficiente que se reconocen, suscriben el presente Contrato de Actuación con arreglo a los siguientes 

PACTOS

Primero.-Publicación y Cesión de datos: Para el caso de contratar los servicios de publicación, La Central publicará el negocio, local propiedad descrito en el presente contrato en su página web, siguiendo los datos y parámetros proporcionados por el Vendedor y siguiendo sus instrucciones en todo momento. El precio final de publicación será incorporado por el VENDEDOR en el encargo de valoración del negocio entregado por LA CENTRAL.

En función de la opción de publicación contratada, se informa al VENDEDOR que La Central promocionará el negocio en diferentes portales especializados en compra venta de empresas y traspaso de negocios, alquiler o compra venta por cuenta del cliente y podrá ceder a terceros información de la empresa en venta o negocio en traspaso o local en venta o alquiler por lo que usted autoriza expresamente a La Central a poder divulgar datos del mismo con la finalidad siempre y única de ayudarle a conseguir los objetivos que motivan la propia publicación: venta, traspaso o alquiler.

Así mismo, el VENDEDOR autoriza mediante el presente a que sus datos puedan ser incorporados en sus bases de datos y puedan ser cedidos a terceros que formen parte del mismo grupo empresarial con fines comerciales.

Segundo.-Tiempo. El tiempo de contratación vendrá regulado por su propia elección y será prorrogable por periodos idénticos para el caso de no comunicar decisión en contrario. Por tanto, el presente se realiza con carácter indefinido y hasta la realización de la venta, traspaso o cesión del negocio, alquiler o venta o en su defecto hasta la retirada del anuncio.

Para el caso de querer rescindir el presente sin motivo justificado por anticipado se devengarían los honorarios o compensaciones indicadas en el Pacto Octavo del presente.

Se entenderá por causa justificada de imposibilidad de realizar la cesión, traspaso, venta o alquiler:

1.    Que el propietario del local arrendado no acepte nuevos inquilinos.

2.    Que el ayuntamiento no facilite el cambio de nombre.

3.    Que exista imposibilidad de traspasar o ceder la licencia.

4.    Que por razones urbanísticas deba posponerse el traspaso, venta o alquiler debido a problemas burocráticos, dificultades y/o obras que afecten directamente al negocio,

5.    Por circunstancias familiares extremas que impidan la firma del titular o titulares de la correspondiente licencia y pueda quedar interrumpida la operación, etc.

La Central podrá solicitar justificación de cualquiera de las motivaciones expuestas en el presente.

Tercero.- Modalidades de Contratación y servicios incluidos:


El precio de los servicios indicados podrá ir variando en función de las ofertas publicadas por lo que será objeto directo de contratación a través de sistema directo en web según el momento.

Cuarto.- Obligaciones del Vendedor. El VENDEDOR   se obliga de forma expresa a comunicar la operación de venta, cesión o traspaso y alquiler a LA CENTRAL, debiendo ponerse en contacto con ésta para informar al respecto salvo pacto expreso entre las partes.

La realización de contratos y documentos tanto de compra venta de empresa como cesión o traspaso del negocio, alquiler o venta con otras consultoras no exime al cliente de pagar los honorarios de publicación pactados incluso para el caso de realizar una compra venta de acciones, un subarriendo o una venta parcial o cesión parcial de negocio. Cualquier alteración en la propiedad del negocio o local por cualquier cuestión jurídica o mercantil supondrá la finalización del presente contrato devengando en su caso los honorarios pendientes hasta la finalización del contrato.

Para el caso de contratar el servicio PREMIUM, el VENDEDOR deberá facilitar a LA CENTRAL los datos del COMPRADOR o CESIONARIO para poder llevar a cabo la citada operación y para salvaguardar la propia relación contractual del presente. Así mismo, el VENDEDOR se obliga a informar a su COMPRADOR que sus datos serán proporcionados a LA CENTRAL en salvaguarda del presente contrato.

Quinto.- Compromiso. Corresponderá a LA CENTRAL las labores de realización de los trabajos contratados con total diligencia con la finalidad de poder llevar a buen término la operación de traspaso, venta o alquiler con total garantía para el vendedor o cedente y el comprador o cesionario.

En función de la contratación elegida LA CENTRAL se compromete a mantener informado al VENDEDOR sobre el estado de su anuncio y las estadísticas del mismo para que pueda tomar una decisión más acertada sobre la estrategia a seguir a la hora de vender su negocio.

LA CENTRAL mantendrá, para el caso de contratar el servicio, cualquier anuncio y/o promoción del negocio objeto de traspaso, venta o alquiler hasta que el VENDEDOR comunique su Cesión , traspaso, venta o alquiler definitivo.

Sexto.-Honorarios. La Central no cobrará comisión alguna por la intermediación en el presente contrato al VENDEDOR y remitirá para el caso de contratarse los servicios, los contactos y/o posibles candidatos que surjan directamente para que personalmente puedan negociar ambas partes.

En función del tipo o modalidad de contratación elegida, La Central podrá Asesorar y proporcionar candidatos además de promocionar en diferentes medios el negocio objeto del presente y a gestionar conjuntamente las posibles ofertas de compra que existan sobre el negocio.

La Central podrá devengar honorarios adicionales al COMPRADOR o CESIONARIO por las gestiones de: Realización de contratos, cambios de nombre, cambios de titular de licencia, etc. siempre que este los pida expresamente En ningún caso se cobrará importe adicional al vendedor del negocio más allá de los descritos en el presente siempre salvo pacto expreso entre las partes o que el VENDEDOR contrate otros servicios que ofrece La Central que no son objeto del presente contrato.

No se incluye la tramitación de los cambios de nombre o licencia que en todo caso irían a cargo del comprador o cesionario. Todo ello salva pacto expreso entre las partes que en cualquier caso no exime al cliente de pagar los honorarios indicados en el Pacto Segundo.

Para la prestación del servicio se requerirá el pago de los servicios de forma on-line.

Únicamente el PLAN PREMIUM conlleva unos honorarios adicionales en el momento de realizar la operación de cesión, traspaso, compra venta o alquiler por importe de 1.990€ que serán abonados en el momento de retirar el anuncio o realizarse la operación objeto de publicación.

Honorarios Adicionales:

Le recomendamos que si desea contratar alguno de nuestros Servicios adicionales como Fotografía, Video o Marketing contacte con nuestros asesores para que puedan realizarle un presupuesto a medida. Inicialmente quedan excluidos de la modalidad de contratación directa on-line.

Los Servicios contratados son paquetes estándar y cualquier alteración de los mismos deberá ser objeto de pacto entre las partes de forma previa.

Para el caso de que la cesión, traspaso o compra venta en cualquiera de sus modalidades jurídicas se produjera tras la publicación realizada por LA CENTRAL en las modalidades de contratación Plan Gold y Plan Premium con un precio superior a 80.000€, LA CENTRAL tendrá derecho al cobro de unos honorarios adicionales del 0,7% sobre el valor final de la operación debido al sobrecoste que supone la promoción de este tipo de negocio.

El VENDEDOR cuya publicación se realiza con este importe inicial se obliga expresamente a remitir al retirar el anuncio y/o finalizar la relación comercial con La Central, a remitir el contrato de cesión, traspaso, compra venta o alquiler en cualquier de sus modalidades jurídicas, incluso para el cambio o compra venta de acciones o títulos para salvaguardar la buena fe y que La Central pueda verificar la correspondencia o no de honorarios adicionales.

Séptimo.-Responsabilidades. De no estar expresamente contratado el servicio, La Central no entrará a valorar la veracidad de los datos proporcionados por lo que se exime de toda responsabilidad sobre la documentación aportada a un posible comprador o cesionario, por la veracidad de los datos proporcionados, etc. Se advierte así mismo que para el caso de contratarse el servicio de asesoramiento, al comprador se le advertirá así mismo de este mismo hecho.

El presente contrato se entiende IN PERSONAE por lo que El VENDEDOR asume de forma personal las obligaciones del presente contrato incluso si la forma jurídica objeto de contrato fuera societario.

El Vendedor afirma que los datos incluidos en el presente son ciertos bajo su responsabilidad.

Finalmente, se aconseja al cliente que no rescinda contratos, ni mercantiles ni laborales, hasta la firma del contrato definitivo de Venta, traspaso o cesión, no asumiendo LA CENTRAL responsabilidad alguna por dichos extremos, en ningún caso.

Octavo.- Indemnización por incumplimiento. En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente contrato en base a la modalidad de contratación elegida, EL VENDEDOR se obliga a abonar en concepto de indemnización por daños y perjuicios así como costes asumidos por La Central en concepto de promoción del negocio, uso de web y recursos de la empresa el doble del importe que quedase pendiente de devengo hasta finalización de contrato con un mínimo de 600€.

Así mismo, y de forma adicional, para el caso de la contratación PREMIUM, EL VENDEDOR (cedente) deberá indemnizar a LA CENTRAL con el doble del importe de los honorarios a los que tuviera derecho a percibir LA CENTRAL en base al presente contrato más los intereses que generen como consecuencia de tal incumplimiento como cláusula indemnizatoria por incumplimiento.

Noveno.-Fuero y Legislación aplicable. Con renuncia a cualquier otro foro las partes se someten a la competencia de los Tribunales de Barcelona en todo lo relativo a las discrepancias que pudieran surgir sobre el presente Contrato.

Décimo.- Protección de Datos. De acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos,  le informamos que en DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL  los datos personales que Ud. nos facilite serán incorporados a nuestros ficheros automatizados con el fin de prestarles el servicio solicitado. Los datos facilitados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo que exista obligación legal para ello. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición, previstos en la ley, dirigiendo un escrito a DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL con NIFB64697527con domicilio social en Calle Valencia 482 Local, BARCELONA.


En lo especialmente establecido en este Contrato será de aplicación la regulación del arrendamiento de servicios en el Código Civil


 

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