5 maneras de financiar una empresa con aportaciones de socios
El cómo financiar una empresa es una de las mayores preocupaciones de todo empresario. Sin embargo, debemos tener en cuenta que, ante la falta de crédito bancario como principal fuente de financiación, existen otras opciones ventajosas que pueden ayudarnos a solventar una mala situación económica: las aportaciones de socios.
Son numerosas las ventajas de buscar socios para impulsar tu negocio. Entre ellas, su soporte económico, el cual ayuda a alcanzar una solidez financiera para solucionar desajustes y problemáticas temporales de tesorería. Incoherencias que se producen de manera habitual, sobre todo, en el caso de pequeñas compañías (PyMES) donde el capital social es muy reducido y existe una escasez de financiación bancaria.
¿Puedo recurrir a las aportaciones de socios para resolver mi situación financiera siempre que lo necesite?
Tal y como expone el apartado E del artículo 363.1 contenido en la Ley de Sociedades de Capital, para poder llevar a cabo la financiación empresa con aportaciones de socios, la compañía debe encontrarse en una situación económica en la que el patrimonio neto sea inferior a la mitad del capital social. Este último valor debe alcanzar una cifra mínima de 3.000 euros de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley de Sociedades de Capital.
Así pues, para verificar si existe tal desequilibrio patrimonial en una sociedad, basta con observar el balance económico de la compañía en la que aparecen ambas cifras: capital social y resultados del ejercicio.
Si disponemos de un capital social mínimo de 3.000 euros y los resultados del ejercicio superan en números negativos la cifra anterior, sin duda los fondos propios de nuestra empresa se situarán por debajo del mínimo. Por tanto, nos encontraremos en una situación en la que las aportaciones de socios pueden ser una buena solución para ampliar nuestro capital.
¿Cómo solventar el desequilibrio patrimonial con aportaciones de socios?
Para solventar esta circunstancia, podemos optar por 5 vías diferentes para formalizar las aportaciones de socios y mejorar así la situación financiera de nuestra compañía:
1.Aportaciones de socios o propietarios
Podemos ampliar el capital social de la empresa gracias a las aportaciones realizadas por socios o propietarios a través de la cuenta 118 del Plan General Contable (PGC).
Las aportaciones pueden ser dinerarias o no dinerarias, es decir, monetarias en euros o bien, no monetarias a través de bienes que contienen un valor económico establecido por los propios socios y propietarios como por ejemplo ordenadores, software o vehículos.
El objetivo de esta vía es ampliar el capital para solicitar con posterioridad financiación, conseguir nuevos socios o créditos de los proveedores. Para ello, aumentamos el mínimo de 3.000 euros que marca la Ley para que, de esta forma, aquellos terceros que visualicen nuestros balances observen que un socio ha confiado en su compañía invirtiendo más capital del exigido.
La razón para financiar nuestra compañía con fondos del propio empresario es evidente. En este caso, los intereses bancarios son cero o negativos, por lo que puede obtener rendimientos de entre un 10-20% anual invirtiendo en su propia compañía.
No obstante, el socio que aporta capital debe tener en cuenta que se trata de una inversión a fondo perdido, por lo que sólo sería recuperable en caso de liquidación.
2. Aportaciones de socios para compensación de pérdidas
Si por el contrario, la empresa es constitutiva de tener fondos propios negativos o unas pérdidas que dificulten su imagen a terceros, es posible aportar el capital para compensación de pérdidas a través también de la cuenta 118 del PGC.
Ahora bien, todas las aportaciones de socios deberán ser proporcionales a su % de participación en la compañía y, así mismo, aprobadas por la Junta General. Sin embargo, las casuísticas reales no siempre cumplen este criterio proporcional.
Por lo que todos los socios deben tener en cuenta que, de no ser proporcionales las aportaciones realizadas podrían derivarse consecuencias fiscales.
A modo de ejemplo, si una compañía está formada por dos socios con un % de participación del 50% y cada uno de ellos cuenta con 1.500€ de capital. Para compensar las pérdidas del último año deberán aportar un total de 5.000€, lo que sitúa la cifra en 2.500€ cada uno de acuerdo con su porcentaje de participación.
Ahora bien, si uno de los socios no dispone de capital y el otro decide aportar la totalidad de los 5.000€. Deberán saber que, por ende, sólo se considerarán los 2.500€ que corresponderían al primer socio y los siguientes 2.500€ pasarían a ser contabilizados como ingresos del ejercicio.
3. Préstamo de los socios a la sociedad con devengo de un tipo de interés
Ante la falta de financiación y crédito bancario, otra opción para solventar el desequilibrio patrimonial podría ser el préstamo de los socios a sus empresas.
Este tipo de prácticas son consideradas por la normativa tributaria como operaciones vinculadas y deben cumplir una serie de formalidades para no enfrentar problemáticas fiscales en caso de inspección.
La operación del préstamo debe contemplar un devengo de un interés. Por lo que el socio debería cobrar como mínimo lo relativo al interés legal del dinero teniéndose en cuenta además el precio normal del mercado. Para saber cuál es el valor del mercado, lo más habitual es contemplar las características similares de los tipos de intereses establecidas por las entidades bancarias.
Al tratarse de una operación vinculada, es fundamental que Hacienda no interprete el préstamo como una donación a la empresa o cualquier otra casuística sujeta a interpretaciones subjetivas. Por tanto, si la idea es dar solvencia a la compañía, no sería la mejor opción.
4. Préstamo participativo
Derivada de la opción anterior, existe otra mucho más flexible para la compañía.
El socio podría realizar un préstamo participativo para recibir un interés fijo y un interés variable fijado en función de la actividad de la empresa. En otras palabras, los socios prestan dinero según se van consiguiendo los objetivos marcados en un plan de negocio como pueden ser: beneficio neto, patrimonio total, volumen de negocio, entre otros.
De acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto-ley 7/1996, los préstamos participativos tienen la consideración de fondos propios a efectos de la legislación mercantil. Por tanto, si la sociedad tiene posibilidades de entrar en causa de disolución, es posible traspasar al capital social la deuda que la compañía tiene con el socio.
5. Cuenta corriente con socios administradores
Esta última vía consiste en contabilizar las aportaciones de los socios a través de la cuenta 551 del PGC como si se tratase de una cuenta corriente.
Los socios realizan pagos en momentos puntuales para solventar problemas de liquidez. Por lo que, a través de esta cuenta compartida, se efectúan cobros y pagos “ficticios” que, en realidad, no forman parte del negocio. Por ese motivo, esta vía debe ser a corto plazo y limitar su uso a cargos y abonos puntuales.
Dado que es considerada una operación vinculada y, de ser una operación extendida en el tiempo, debería formalizarse un contrato de préstamo para no tener problemas fiscales con Hacienda.
Sin embargo, la opción preferente es traspasar el saldo acreedor de la cuenta 551 a la cuenta 118, lo que requiere la aprobación de la Junta General de la compañía.
¿No sabe cómo capitalizar su empresa?
En La Central del Negocio, aparte de intermediar en operaciones de compra venta y traspaso de negocios, buscamos socios, ayudamos a capitalizar compañías y a reflotar empresas que puedan encontrarse en una situación delicada.
Podemos ayudar a evitar el concurso de acreedores o actuar previamente para tomar las medidas necesarias que hagan que no se derive responsabilidad a los socios de la compañía.
Aportar capital a la empresa puede ser una gran opción, siempre y cuando, se disponga de una estrategia clara del destino de los fondos. En ningún caso recomendamos aportar fondos a la compañía para paliar situaciones temporales o poco trabajadas a nivel estratégico.
Ante cualquier duda, ¡rellene el formulario o póngase en contacto con nosotros para resolver sus preocupaciones!
Daniel Moreno Haro
CEO La Central del Negocio
CEO Asesoría Edac
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Comentario
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Me podrían ayudar con este problema: Que se debe hacen para poder ingresar a una empresa que tiene un capital de 50,000 pesos, a un nuevo socio que representara el 10%, pero inyectara a la empresa 2,000,000 de pesos. Se quiere que el socio solo represente el 10% con la ayuda de una prima.
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