¿Cómo puede invertirse en España desde del Extranjero? Explicamos el caso Argentino

¿Cómo puede invertirse en España desde del Extranjero? Explicamos el caso Argentino.

Argentina lidera la inversión de Latinoamérica en España. ¿Cómo invierten los argentinos en España?. El pueblo Argentino está claramente hermanado con el Español. Y es que no sólo nos hermana el idioma, son muchas las cosas que nos unen además del amor por la gastronomía.

Por eso mismo, y porque son muchos los que desde Latinoamérica se dirigen a La Central del Negocio y a nuestros Asesores legales Asesoría Edac, que hemos preparado este artículo específico sobre cómo invertir en España. En este artículo nos vamos a centrar principalmente en aquél perfil de emprendedor o emprendedora que desea montar su primer negocio. Por el contrario, si usted ya tiene una empresa y desea que sea esa empresa la que invierta en España, nos tendríamos que dirigir a otras figuras jurídicas diferentes como podrían ser el Establecimiento Permanente, la Filial o abrir una Sucursal en España.

¿Cómo funciona si una persona de Argentina quiere invertir en España?

Existen dos procesos para poder invertir en España desde Argentina. En cualquier caso, el primer paso será siempre solicitar el visado ante el consulado español.

  1. El inversor o inversora argentina quiere trabajar el negocio:

En este caso deberá solicitarse una autorización de residencia por cuenta propia en el consulado español del país de origen. Una vez aprobado podrá venir a España con su inversión a trabajar.

En este caso, el visado de trabajo por cuenta propia autorizará al titular del mismo para residir de forma temporal en España por un periodo inicial de 1 año desde la entrada en territorio español y por tanto durante ese tiempo ejercer una actividad lucrativa laboral o profesional por cuenta propia.

La tramitación deberá realizarse en la Oficina Consultar mediante la solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

¿Cómo es el proceso para ser autónomo o montar una empresa en España desde Argentina?

En el momento de recibir la documentación la Oficina Consular podrá requerir al solicitante una entrevista personal para conocer más al emprendedor o emprendedora o para solicitar información adicional. Esto es algo bastante habitual.

Por su parte, pasado el proceso anterior, la Oficina Consular española en Argentina remitirá la documentación a las autoridades españolas para su estudio y análisis debiendo éstas remitir una respuesta por escrito al solicitante.

En el caso de ser positivo, se dispondrá de 1 mes para presentarse ante el Consulado para iniciar todos los trámites y gestiones para la tramitación del visado.

En caso de ser negativo podrán presentarse alegaciones y/o aportar información relevante que permita reabrir el expediente.

¿Qué documentos nos van a solicitar?

Entre los documentos que nos solicitarán, tanto en original como copia son:

  • Pasaporte, con una vigencia mínima de 4 meses.
  • Certificado médico en el que se acredite que el solicitante no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Este documento debe estar legalizado con el apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Original y copia simple.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español. Documento legalizado y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Original y copia simple.
  • Titulación o acreditación de que el interesado posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada.
  • Acreditación de que se cuenta con la inversión económica necesaria o bien compromiso suficiente de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.
  • Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, que indique la situación en la que se encuentran los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.

¿Es necesario disponer de un capital mínimo o inversión mínima a realizar?

En el caso de visado con trabajo por Cuenta Propia la ley no establece mínimos ni máximos

  1. El inversor o inversora no trabajará directamente el negocio:

En este caso hablamos de un inversor o inversora en toda regla. En este caso deberá solicitarse ante el consulado español la residencia no lucrativa que tiene la ventaja de ser más rápida puesto que no requiere del permiso de trabajo y por tanto acreditando cierta solvencia es suficiente para obtener el permiso para venir a España.

Debe tenerse en cuenta que salvo modificación de la Ley posteriormente, en el momento de publicación del presente, la persona que solicita la “larga” estancia en España por motivos de inversión no podrá trabajar durante los primero 5 años. Una vez pasado ese plazo podrá solicitar la autorización de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia de forma automática.

¿Cómo se inicia la tramitación?

Lo primero será solicitar el visado de residencia no lucrativa en el Consulado. En ese momento nos solicitarán la siguiente documentación:

  • Pasaporte con vigencia mínima de 1 año.
  • Certificado de antecedentes penales  expedido en los últimos 3 meses por la autoridad competente del país y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores
  • Certificado médico expedido en los últimos 3 meses por un médico matriculado, donde se acredite en forma textual que el interesado no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Legalizado por el Ministerio de Salud Pública  o Colegio de Médicos (sólo si la matrícula es de la provincia) y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Documentación que acredite medios económicos suficientes para atender sus gastos de manutención y estancia durante el periodo de tiempo por el que se desee residir en España, sin desarrollar ninguna actividad laboral o profesional. (Original y fotocopia) Se deberá acreditar un mínimo de 2.151,36 euros por mes y un adicional de 537,84 euros por cada familiar a cargo. Los medios económicos se podrán acreditar aportando alguno o algunos de los siguientes documentos:
  • Títulos de propiedad, acompañados por un informe de dominio expedido por el Registro de la Propiedad.
  • Resúmenes de cuentas bancarias de los últimos tres meses, acompañados por una certificación del banco correspondiente.
  • Seguro médico de enfermedad, concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España y que cubra al menos el primer año de residencia.

Debe tenerse en cuenta que según el país del inversor o inversora, y aunque los trámites son similares, es posible que los documentos a aportar puedan ser algo diferentes. Precisamente una de las dificultades que encuentran los inversores extranjeros a la hora de invertir en España es la dificultad de identificar los trámites en función de su nacionalidad. La principal diferencia suele situarse en cómo acreditar la capacidad económica o mostrar una solvencia contrastada.

La Central del Negocio cuenta con un equipo de Asesores y Gestores especializados en extranjería que ayudan a agilizar los trámites y permisos a todos los clientes que llegan desde cualquier parte del mundo.

El país no puede ser una limitación a la hora de invertir en España.

¿Es necesario disponer de un capital mínimo para invertir?

En el caso de residencia no lucrativa 2151,36 x12 para una persona y 537,84 x 12 para cada persona adicional.

 

Y claro, una vez hemos explicado cómo podemos venir a España legalmente a trabajar o a invertir, los clientes que se dirigen a La Central del Negocio nos plantean las siguientes dudas siempre teniendo en cuenta que los trámites siempre deben iniciarse en el país del emprendedor o emprendedora mediante la solicitud del visado en consulado español.

Preguntas y respuestas sobre cómo invertir o montar un negocio en España:

¿Qué pasa con las parejas de emprendedores o emprendedoras o inversores?

La tramitación de los visados de inversión o trabajo por cuenta propia se realiza de forma independiente para cada una de las personas y por tanto no es aplicable de forma directa al cónyuge.

En estos casos aconsejamos plantear desde el principio en el Plan de Negocio la posibilidad de montar una Sociedad Limitada o incluso, una figura que en España hemos olvidado como la SCP es bien vista por parte de las autoridades españolas por la vinculación que implica este tipo de sociedad civil y por tanto la responsabilidad sobre los propios socios o partícipes.

Entonces, ¿Si no vengo como inversor cuándo podría venir mi familia desde Argentina?

Cuando se escoge la opción de trabajar por cuenta propia, y si se realiza por cualquier razón, de forma independiente a la pareja, o por el contrario no se puede acreditar con el proyecto la solvencia de la pareja y familiares en España, el proceso será algo más doloroso a nivel afectivo.

En este caso, el de cuenta propia, deberá acreditarse 1 año de trabajo completo para poder solicitar la reagrupación de sus familiares.

¿Quién podría dirigir la empresa o inversión en España?

Para el caso de solicitar el permiso por cuenta propia el mismo nombre ya indica que sería el propio emprendedor quien dirigiría el negocio.

Sin embargo, si se opta por la solicitud del visado por inversión deberán buscar temporalmente una figura con residencia en España que ejerza las labores de administrador hasta que sea posible solicitar el permiso de residencia y trabajo por cuenta propia. Por tanto, antes esta situación, durante 5 años la firma de documentos estaría en manos de un tercero, aunque el control efectivo de las participaciones o acciones de la empresa sí estaría en manos del inversor. Una vez se obtenga la tarjeta de larga duración ya se podría pasar a dirigir la empresa como administrador.

¿Cuánto tarda en dar respuesta la autoridad española o cuánto demoran los trámites?

En ambos casos la solicitud de visado, la espera de respuesta, etc. puede demorarse hasta un máximo de 3 meses.

Una vez se obtenga la respuesta ya podríamos venir a España para solicitar el NIE en la policía.

¿Qué servicios ofrece una consultora como La Central del Negocio?

Nuestro equipo participa en todo el proceso para la obtención tanto del visado para trabajo por cuenta propia como el visado de inversión. Todo dependerá de la rapidez con la que se necesiten realizar los trámites.

Conjuntamente con Asesoría Edac realizamos el plan de negocio en base a una realidad previamente estudiada desde España. De hecho, es muy habitual por ejemplo invertir desde Argentina u otros países en España a través de alguna de las Franquicias clientes de nuestro despacho. Estas inversiones, ya contrastadas, con una reputación y credibilidad detrás, facilitan los trámites y gestiones para la obtención de visados. Entre nuestros clientes tenemos desde fabricantes de Empandas Argentinas, hasta Franquicias de Panaderías, Cafeterías o Restaurantes e incluso consultoras o empresas de desarrollo tecnológico que deciden venir a España para abrirse una puerta de facturación y clientela en Europa.

Además, una vez el emprendedor o emprendedora está en España se ofrece el acompañamiento a la policía para la tramitación del NIE, la solicitud de citas en organismos oficiales, cumplimentación y presentación de tasas, etc.

 ¿Existen otras vías para conseguir la residencia en España?

Sí, la más conocida es la de invertir 500.000€ en bienes inmuebles en cuyo caso se obtiene directamente la calidad de inversor y además se facilita el permiso de residencia para el cónyuge y los hijos menores de 18 años.

Si la inversión se realiza mediante la compra de una empresa en activo a través de la compra venta de participaciones la inversión debe aumentar hasta 1M€ y también se permitiría la entrada de toda la familia tal y como pasa en el punto inmediatamente anterior.

Como extremo tenemos también la muy conocida vía italiana, que merecería un caso o artículo aparte.

¿Y si vengo como turista a invertir a España?

Sin duda es totalmente desaconsejable ya que estaríamos en una situación irregular, por no decir ilegal, durante 3 años. Lo peor de esta medida es que no nos permitiría salir del país (España). Pasados los 3 años se podría solicitar autorización por cuenta propia o por cuenta ajena. En este caso sería es un poco más fácil el trámite que solicitarlo directamente en el consulado en el país de origen.

¿Y si vengo como estudiante a España?

Venir como estudiante, previa solicitud de visado de estudiante en el consulado español, supone tener que estudiar sí o sí para poder renovar el permiso de estancia cada año y posibilita trabajar por media jornada. Es un trámite muy utilizado principalmente por gente más joven, donde realmente se justifica esta fórmula.

 

¿Qué puede hacer La Central del Negocio por un cliente que quiere invertir en España?

Ofrecemos un servicio de “llaves en mano” para inversores y de entre nuestros servicios destacan:

  1. Te preparamos la documentación y te ayudamos a gestionarlo
  2. Te buscamos piso para vivir y te asesoramos si tienes familia, hijos, etc.
  3. Te ayudamos a encontrar el negocio que encaja o la franquicia ideal para invertir.
  4. Tramitamos tu documentación como “inversor”, como “trabajador”, etc.

Trabajamos con un amplio equipo de asesores y gestores que permiten junto con nuestro equipo jurídico y legal de Asesoría Edac hacer un presupuesto ajustado para gestionar tu empresa, desde las nóminas hasta disponer de un sistema de gestión que permitirá, si tienes que rendir cuentas a otros, que tus datos sean accesibles desde cualquier ordenador o dispositivo las 24h del día los 365 días del año.

Cuando invertimos ponemos a trabajar nuestro dinero, pero también lo hace nuestro deseo de crear un proyecto de futuro, la ilusión por crear trabajo, una idea, un sueño. Por eso mismo, no debemos tener prisa a la hora de invertir y los pasos a seguir deben ser tranquilos y firmes. Cualquier trámite precipitado podría conllevar un mínimo de 3 años de espera adicionales para disponer de un negocio con total garantía.

Si quiere invertir en España, no dude en consultarnos cómo podemos ayudarle. Estaremos encantados de asesorarle en las oportunidades de negocio que existen en España así como de las grandes franquicias que trabajan con nosotros. Y por supuesto, dado que nos hemos centrado en este artículo en los inversores o inversoras Argentinas, no duden en consultar qué clientes tenemos especializados en productos argentinos que estén triunfando en España ahora mismo.

Esperamos que el presente artículo les haya servido de guía para invertir en España. Les esperamos y animamos a aprovechar las oportunidades que ofrece actualmente el mercado español!!

 

Daniel Moreno

Director La Central del Negocio – Asesoría Edac

info@serviciosdac.com

 

Ani Khachatryan

Gestor Administrativo especialista en extranjería

 

Telf. 930153772

info@lacentraldelnegocio.com

 

 

 

 

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Condiciones servicio Publicación:

Don Daniel Moreno Haro, mayor de edad, en su calidad de Consultor especializado en compra-venta de negocios, con DNI 40994813G, Administrador de LA CENTRAL DEL NEGOCIO, cuyo domicilio profesional es C/ Valencia 482, local, de Barcelona, en adelante denominado LA CENTRAL. La Central Del Negocio es propiedad de Asesoría Edac - Lcdn SL con NIF B64697527 y domicilio social en Barcelona.

Ambas partes, VENDEDOR/CEDENTE/PORPIETARIO (en adelante VENDEDOR) y LA CENTRAL, intervienen, con capacidad legal necesaria y suficiente que se reconocen, suscriben el presente Contrato de Actuación con arreglo a los siguientes 

PACTOS

Primero.-Publicación y Cesión de datos: Para el caso de contratar los servicios de publicación, La Central publicará el negocio, local propiedad descrito en el presente contrato en su página web, siguiendo los datos y parámetros proporcionados por el Vendedor y siguiendo sus instrucciones en todo momento. El precio final de publicación será incorporado por el VENDEDOR en el encargo de valoración del negocio entregado por LA CENTRAL.

En función de la opción de publicación contratada, se informa al VENDEDOR que La Central promocionará el negocio en diferentes portales especializados en compra venta de empresas y traspaso de negocios, alquiler o compra venta por cuenta del cliente y podrá ceder a terceros información de la empresa en venta o negocio en traspaso o local en venta o alquiler por lo que usted autoriza expresamente a La Central a poder divulgar datos del mismo con la finalidad siempre y única de ayudarle a conseguir los objetivos que motivan la propia publicación: venta, traspaso o alquiler.

Así mismo, el VENDEDOR autoriza mediante el presente a que sus datos puedan ser incorporados en sus bases de datos y puedan ser cedidos a terceros que formen parte del mismo grupo empresarial con fines comerciales.

Segundo.-Tiempo. El tiempo de contratación vendrá regulado por su propia elección y será prorrogable por periodos idénticos para el caso de no comunicar decisión en contrario. Por tanto, el presente se realiza con carácter indefinido y hasta la realización de la venta, traspaso o cesión del negocio, alquiler o venta o en su defecto hasta la retirada del anuncio.

Para el caso de querer rescindir el presente sin motivo justificado por anticipado se devengarían los honorarios o compensaciones indicadas en el Pacto Octavo del presente.

Se entenderá por causa justificada de imposibilidad de realizar la cesión, traspaso, venta o alquiler:

1.    Que el propietario del local arrendado no acepte nuevos inquilinos.

2.    Que el ayuntamiento no facilite el cambio de nombre.

3.    Que exista imposibilidad de traspasar o ceder la licencia.

4.    Que por razones urbanísticas deba posponerse el traspaso, venta o alquiler debido a problemas burocráticos, dificultades y/o obras que afecten directamente al negocio,

5.    Por circunstancias familiares extremas que impidan la firma del titular o titulares de la correspondiente licencia y pueda quedar interrumpida la operación, etc.

La Central podrá solicitar justificación de cualquiera de las motivaciones expuestas en el presente.

Tercero.- Modalidades de Contratación y servicios incluidos:


El precio de los servicios indicados podrá ir variando en función de las ofertas publicadas por lo que será objeto directo de contratación a través de sistema directo en web según el momento.

Cuarto.- Obligaciones del Vendedor. El VENDEDOR   se obliga de forma expresa a comunicar la operación de venta, cesión o traspaso y alquiler a LA CENTRAL, debiendo ponerse en contacto con ésta para informar al respecto salvo pacto expreso entre las partes.

La realización de contratos y documentos tanto de compra venta de empresa como cesión o traspaso del negocio, alquiler o venta con otras consultoras no exime al cliente de pagar los honorarios de publicación pactados incluso para el caso de realizar una compra venta de acciones, un subarriendo o una venta parcial o cesión parcial de negocio. Cualquier alteración en la propiedad del negocio o local por cualquier cuestión jurídica o mercantil supondrá la finalización del presente contrato devengando en su caso los honorarios pendientes hasta la finalización del contrato.

Para el caso de contratar el servicio PREMIUM, el VENDEDOR deberá facilitar a LA CENTRAL los datos del COMPRADOR o CESIONARIO para poder llevar a cabo la citada operación y para salvaguardar la propia relación contractual del presente. Así mismo, el VENDEDOR se obliga a informar a su COMPRADOR que sus datos serán proporcionados a LA CENTRAL en salvaguarda del presente contrato.

Quinto.- Compromiso. Corresponderá a LA CENTRAL las labores de realización de los trabajos contratados con total diligencia con la finalidad de poder llevar a buen término la operación de traspaso, venta o alquiler con total garantía para el vendedor o cedente y el comprador o cesionario.

En función de la contratación elegida LA CENTRAL se compromete a mantener informado al VENDEDOR sobre el estado de su anuncio y las estadísticas del mismo para que pueda tomar una decisión más acertada sobre la estrategia a seguir a la hora de vender su negocio.

LA CENTRAL mantendrá, para el caso de contratar el servicio, cualquier anuncio y/o promoción del negocio objeto de traspaso, venta o alquiler hasta que el VENDEDOR comunique su Cesión , traspaso, venta o alquiler definitivo.

Sexto.-Honorarios. La Central no cobrará comisión alguna por la intermediación en el presente contrato al VENDEDOR y remitirá para el caso de contratarse los servicios, los contactos y/o posibles candidatos que surjan directamente para que personalmente puedan negociar ambas partes.

En función del tipo o modalidad de contratación elegida, La Central podrá Asesorar y proporcionar candidatos además de promocionar en diferentes medios el negocio objeto del presente y a gestionar conjuntamente las posibles ofertas de compra que existan sobre el negocio.

La Central podrá devengar honorarios adicionales al COMPRADOR o CESIONARIO por las gestiones de: Realización de contratos, cambios de nombre, cambios de titular de licencia, etc. siempre que este los pida expresamente En ningún caso se cobrará importe adicional al vendedor del negocio más allá de los descritos en el presente siempre salvo pacto expreso entre las partes o que el VENDEDOR contrate otros servicios que ofrece La Central que no son objeto del presente contrato.

No se incluye la tramitación de los cambios de nombre o licencia que en todo caso irían a cargo del comprador o cesionario. Todo ello salva pacto expreso entre las partes que en cualquier caso no exime al cliente de pagar los honorarios indicados en el Pacto Segundo.

Para la prestación del servicio se requerirá el pago de los servicios de forma on-line.

Únicamente el PLAN PREMIUM conlleva unos honorarios adicionales en el momento de realizar la operación de cesión, traspaso, compra venta o alquiler por importe de 1.990€ que serán abonados en el momento de retirar el anuncio o realizarse la operación objeto de publicación.

Honorarios Adicionales:

Le recomendamos que si desea contratar alguno de nuestros Servicios adicionales como Fotografía, Video o Marketing contacte con nuestros asesores para que puedan realizarle un presupuesto a medida. Inicialmente quedan excluidos de la modalidad de contratación directa on-line.

Los Servicios contratados son paquetes estándar y cualquier alteración de los mismos deberá ser objeto de pacto entre las partes de forma previa.

Para el caso de que la cesión, traspaso o compra venta en cualquiera de sus modalidades jurídicas se produjera tras la publicación realizada por LA CENTRAL en las modalidades de contratación Plan Gold y Plan Premium con un precio superior a 80.000€, LA CENTRAL tendrá derecho al cobro de unos honorarios adicionales del 0,7% sobre el valor final de la operación debido al sobrecoste que supone la promoción de este tipo de negocio.

El VENDEDOR cuya publicación se realiza con este importe inicial se obliga expresamente a remitir al retirar el anuncio y/o finalizar la relación comercial con La Central, a remitir el contrato de cesión, traspaso, compra venta o alquiler en cualquier de sus modalidades jurídicas, incluso para el cambio o compra venta de acciones o títulos para salvaguardar la buena fe y que La Central pueda verificar la correspondencia o no de honorarios adicionales.

Séptimo.-Responsabilidades. De no estar expresamente contratado el servicio, La Central no entrará a valorar la veracidad de los datos proporcionados por lo que se exime de toda responsabilidad sobre la documentación aportada a un posible comprador o cesionario, por la veracidad de los datos proporcionados, etc. Se advierte así mismo que para el caso de contratarse el servicio de asesoramiento, al comprador se le advertirá así mismo de este mismo hecho.

El presente contrato se entiende IN PERSONAE por lo que El VENDEDOR asume de forma personal las obligaciones del presente contrato incluso si la forma jurídica objeto de contrato fuera societario.

El Vendedor afirma que los datos incluidos en el presente son ciertos bajo su responsabilidad.

Finalmente, se aconseja al cliente que no rescinda contratos, ni mercantiles ni laborales, hasta la firma del contrato definitivo de Venta, traspaso o cesión, no asumiendo LA CENTRAL responsabilidad alguna por dichos extremos, en ningún caso.

Octavo.- Indemnización por incumplimiento. En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente contrato en base a la modalidad de contratación elegida, EL VENDEDOR se obliga a abonar en concepto de indemnización por daños y perjuicios así como costes asumidos por La Central en concepto de promoción del negocio, uso de web y recursos de la empresa el doble del importe que quedase pendiente de devengo hasta finalización de contrato con un mínimo de 600€.

Así mismo, y de forma adicional, para el caso de la contratación PREMIUM, EL VENDEDOR (cedente) deberá indemnizar a LA CENTRAL con el doble del importe de los honorarios a los que tuviera derecho a percibir LA CENTRAL en base al presente contrato más los intereses que generen como consecuencia de tal incumplimiento como cláusula indemnizatoria por incumplimiento.

Noveno.-Fuero y Legislación aplicable. Con renuncia a cualquier otro foro las partes se someten a la competencia de los Tribunales de Barcelona en todo lo relativo a las discrepancias que pudieran surgir sobre el presente Contrato.

Décimo.- Protección de Datos. De acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos,  le informamos que en DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL  los datos personales que Ud. nos facilite serán incorporados a nuestros ficheros automatizados con el fin de prestarles el servicio solicitado. Los datos facilitados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo que exista obligación legal para ello. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición, previstos en la ley, dirigiendo un escrito a DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL con NIFB64697527con domicilio social en Calle Valencia 482 Local, BARCELONA.


En lo especialmente establecido en este Contrato será de aplicación la regulación del arrendamiento de servicios en el Código Civil