¿Podemos preguntar en una entrevista si el candidat@ ha tenido Covid?
En una entrevista de trabajo, ¿es legal preguntar al candidato si ha tenido Covid?
Antes de empezar el presente artículo queremos hacer especial mención en que actualmente son muchos los clientes de nuestra consultora que están buscando trabajadores y que la falta de personal es una tendencia en auge especialmente en las grandes ciudades. Por eso mismo, y ante las consultas que nos trasladan los clientes a la hora de validar a candidatos para el puesto de trabajo así como las dudas que surgen a la hora de realizar las entrevistas de trabajo, realizamos el presente artículo sobre la posibilidad de preguntar o no sobre enfermedades a los candidatos a los que entrevistan.
Y es que disponer de un buen asesoramiento a la hora de coger un traspaso de negocio, contar con un@ asesor@ de confianza mientras estamos arrancando el negocio y vamos cumpliendo con nuestras obligaciones formales es fundamental para evitar incumplimientos normativos por desconocimiento. Pero empecemos…. ¿es posible preguntar por la Covid a un@ entrevistad@?
Vulneración de la privacidad y discriminación de trato
En tiempos donde se exige pasaporte Covid o se está planteando solicitarlo en los establecimientos comerciales, para surrealista pensar que solicitar a los candidatos a un puesto de trabajo información sobre si han pasado la Covid-19 y desarrollado anticuerpos sea considerado como una vulneración de la normativa vigente en materia de protección de datos, pero así es, tal y como ha advertido la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Además, es importante tener presente que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) califica los datos personales relativos a la salud como una categoría especial. Esto implica que tanto la recogida, tratamiento como la utilización de esta información está sujeta al RGPD y a la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).
Según la Agencia Española de Protección de Datos, no existe una base jurídica lícita que justifique este tratamiento, por dos razones:
En primer lugar, para poder solicitar este tipo de información, el candidato al puesto de trabajo debería prestar su consentimiento de forma libre, conforme a lo que establece el artículo 6.1.a) del RGPD. Sin embargo, desde la Agencia recuerdan que para que el consentimiento sea válido debe consistir en una manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca. Es decir, el consentimiento no puede estar sujeto, de ningún modo, a la posibilidad de obtener o no el puesto de trabajo. En una situación como esta, se produce un desequilibrio de poder, de manera que es improbable que el candidato rechace la solicitud de la empresa sin pensar que esta negativa le pueda perjudicar a la hora de obtener el puesto.
En segundo lugar, tampoco podría considerarse aplicable la base jurídica relativa al tratamiento necesario para la ejecución de un contrato. Solicitar este tipo de dato relativo a la salud, según la AEPD, no sería necesario para la formalización del contrato de trabajo y, por lo tanto, este tratamiento sería excesivo e iría en contra del principio de minimización de datos que establece la normativa.
Por último, el hecho de solicitar información sobre la inmunidad a la Covid-19, como requisito para acceder a un puesto de trabajo, daría lugar a una discriminación de trato entre candidatos, que no obedece a una justificación objetiva y razonable.
¿Qué pasa con la prevención de riesgos laborales?
El informe emitido por la Agencia Española de Protección de Datos considera que solicitar información sobre el estado de inmunidad frente a la Covid-19 iría más allá de la obligación del empresario de proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales, previsto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Esto es así por tres motivos:
La persona candidata que pretende acceder a un puesto de trabajo aún no es empleada y, por tanto, la empresa no tiene obligaciones o derechos específicos sobre ella.
Conocer el estado de inmunidad de un candidato no contribuye a la protección del conjunto de los empleados, puesto que los protocolos sanitarios se deben aplicar por igual y sin excepciones para las personas que ya hayan padecido la enfermedad.
En caso de que llegara a ser lícito preguntar sobre el estado de inmunidad frente al Covid-19, podría servir de precedente y llevar a legitimizar el hecho de que se pudiera solicitar información sobre otras enfermedades que conlleven un riesgo de infección.
En La Central del Negocio apoyamos emprendedores y empresas a impulsar sus negocios y proyectos trabajando con los mejores profesionales de cada sector. Por eso mismo, trabajamos con colaboradores como Asesoría Edac, que nos ofrece una cobertura global en materia de Asesoría Fiscal, Contable, Laboral o Jurídica y además nos ayuda a nuestros clientes a cumplir con toda la legalidad vigente como la LOPD o la Prevención de Riesgos Laborales.
Si usted está pensando en iniciar un negocio, comprar un negocio o un traspaso y desea asesoramiento no dude en consultarnos. Nuestros profesionales le atenderán encantados.
Daniel Moreno Haro
Director La Central del Negocio
admin@lacentraldelnegocio.com
Telf. 930153772
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