Economía colaborativa o el peligro del incremento de la figura del falso autónomo
Ahorro de costes de la Seguridad Social y despidos sin indemnización son algunos de los beneficios de las empresas que contratan falsos autónomos. Las empresas de comida a domicilio, las que más se aprovechan de esta figura.
La figura del falso autónomo no es nueva. Muchas empresas de sectores como despachos jurídicos, arquitectura e inmobiliarias pero sobre todo las empresas de comida a domicilio han crecido en forma desmedida gracias a esta figura del falso autónomo. Y cómo lo han conseguido, pues ahorrando costes laborales, con posible connivencia del Estado y la Seguridad Social.
En la actualidad, startups tecnológicas de delivery como Deliveroo, Glovo, Shargo, Jinn en Barcelona, o UberEats en Madrid están proliferando y creciendo exponencialmente bajo las sospecha de disponer de grandes flotas de repartidores trabajando para ellos, mediante la figura legal del Trade (trabajador autónomo económicamente independiente) que implica que los trabajadores tienen una total independencia operativa. Otros sectores como el inmobiliario, con empresas tan potentes a nivel internacional como Engel&Völkers o Century21, también están el ojo de la administración laboral.
La Central del Negocio ha podido acceder a los contratos de trabajo de algunos de estos trabajadores, y lo que sobre el papel parece no tener lagunas legales, en la práctica no corresponde con las condiciones reales de trabajo. Escudados en decenas de cláusulas, las startups de delivery intentan dejar claro que no existe ninguna relación laboral entre los repartidores y ellos. A priori, los repartidores como Trades tienen la independencia de trabajar como deseen, y en los horarios que estimen oportunos asumiendo sus propios riesgos como autónomos.
Pero efectivamente, esto es sólo sobre el papel. Algunos de estos repartidores de delivery reciben órdenes concretas sobre cómo operar y pueden ver penalizados su horarios laborales en base a cómo hayan desempeñado sus funciones de reparto en los días previos.
Una características de los Trade es tener la libertad de escoger sus horarios de trabajo o tener la posibilidad de modificarlos. Y esto no ocurre en el caso de estas empresas, ya que las necesidades de cubrir la demanda de pedidos en días o en franjas horarias específicas obliga a los autónomos a trabajar en esas horas.
La pregunta obligada es entonces: ¿es la figura del trabajador Trade aplicable a estas empresas y sus organizaciones? El crecimiento exponencial de estas empresas no permite asumir costes de estructura, y esos costes están siendo traspasados a los trabajadores debido a la precariedad laboral, y la necesidad de obtener ingresos. La apariencia es legal, las empresas se ahorran los costes de Seguridad Social, y el despido es libre sin ningún tipo de indemnización.
Los CEOs de estas empresas inciden en la relación mercantil que mantienen con sus repartidores, para que a ojos de la Administración sean tan sólo proveedores de un servicio. Hemos de tener en cuenta que las Apps, la cartera de clientes, el sistema de reserva de trabajos o “slots horarios” y los precios y tarifas vienen fijados por las compañías, así que la pregunta a realizar es clara, ¿dónde queda la libertad operativa del Trade?
Algunas de estas empresas están bajo la lupa de la sospecha desde hace tiempo por las autoridades laborales, la cuestión es hasta cuándo la dejadez de la Administración va a permitir que operen impunemente y no se respeten los derechos de los trabajadores.
El caso más reciente es el de Uber en Reino Unido, donde se ha considerado un éxito por el sindicato de trabajadores, formado por los conductores de servicio de taxi Uber. El sindicato de trabajadores de Uber ganó en octubre pasado la demanda judicial presentada contra la empresa, y por tanto tendrán derecho a percibir un salario mínimo así como derecho a vacaciones, entre otros beneficios. El argumento para darles la razón era clara: la empresa creció gracias a los chóferes. Y aunque Uber evidentemente ha recurrido la sentencia, no parece que vaya a prosperar.
Ante esta jurisprudencia cabe esperar que en España pase exactamente lo mismo con todas estas empresas del Delivery que están creciendo exponencialmente, con la única finalidad de captar clientes y mercado, para luego – probablemente – vender la empresa a algún fondo de inversión.
Desde La Central del Negocio y junto a los especialistas de Asesoría Edac estamos a disposición para iniciar, junto con sindicatos, una demanda colectiva hacia estas empresas. Aunque hay trabas – porque evidentemente cualquier trabajador hoy en día teme por su puesto de trabajo – estamos convencidos de que con buen asesoramiento es posible evitar la continuidad de la precarización laboral.
Daniel Moreno
CEO La Central del Negocio
Related Post
Barcelona, una ciudad de oportunidades para...
Barcelona, la pequeña argentina: empanada, carne…. ¿Dónde invierten los argentinos? Todos sabemos que Argentina vive en una permanente ...
Es mejor montar una pandería sólo...
Panadería: con Franquicia o sin Franquicia El negocio de la panadería es uno de los más antiguos del mundo y se ha mantenido vigente a lo...
Invertir en España: ¿Dónde y quién...
Inversión: claves del dónde, en qué sector y quién está liderando la inversión en España En los últimos años, España ha visto un i...
Deje su comentario