Ayudas a emprendedores: Subvención por alquilar un local o realizar mejoras en el negocio
Subvención para la puesta en marcha de locales comerciales
Queda abierta la convocatoria de subvenciones para la realización de mejoras y modernización de comercios y establecimientos comerciales en Catalunya.
Si tienes un negocio que modernizar o has adquirido negocio (ya sea por un traspaso o comprando una empresa durante 2018) no dejes de leer atentamente nuestro artículo ya que puede contener mucha información que será de tu interés.
¡Las ayudas pueden llegar hasta los 5.000€ !
La Generalitat de Catalunya ha abierto una nueva convocatoria de Subvenciones para ayudar a emprendedores a iniciar sus proyectos relacionados con el comercio de proximidad o comercio al detalle, los servicios, la artesanía y la moda con la finalidad de promociona e impulsar el sector comercial y ayudar a la competitividad y a aumentar la calidad de estos sectores.
En la última convocatoria del Ayuntamiento de Barcelona La Central del Negocio tramitó el 20% de las solicitudes presentadas siendo la consultora líder en presentación de subvenciones. Diarios como La Vanguardia también se han hecho eco de la noticia y del presupuesto total repartido y además se puede consultar la información oficial en la web del Ayuntamiento
¿Qué puede ser objeto de Subvención?
La modernización de locales comerciales, negocios de proximidad, la adaptación con nueva imagen, etc. siempre bajo estas dos premisas:
- Subvención por alquilar un local vacío o una cesión de negocio o traspaso.
En concreto, se puede optar a la subvención para:
- Compra
- Alquiler
- Concesión administrativa de locales
- Uso de aparadores de locales cerrados
- Continuidad empresarial entendida como la cesión de negocio o traspaso del mismo
- Ampliación de superficie de venta de un local al juntarlo con otro nuevo (ampliación del negocio).
Por tanto, podrían subvencionarse las obras, proyectos de interiorismo, instalaciones, mobiliario, actuaciones de mejora de imagen de los locales comerciales y sus aparadores, acciones de branding, home staging, etc.
- La reforma de establecimientos
Sí, la reforma de una local comercial puede también tener una subvención para el caso de mercados sedentarios o para el caso de mercados no sedentarios o incluso las tan de moda Food Truck para la adecuación de las paradas o este tipo de negocio siempre que se pueda acreditar la titularidad de la misma en los últimos 5 años.
También puede tener subvención la reforma de tiendas y negocios de barrio a pie de calle siempre que se pueda acreditar la titularidad del mismo en los últimos 10 años. Se aceptarían 5 años siempre que se acredite que ha existido continuidad familiar en el negocio.
Eso sí, hay que tener en cuenta que no se subvencionará ni maquinaria ni mobiliario.
Tampoco serán subvencionables los siguientes casos:
- Intereses bancarios
- Sanciones o recargos administrativos o penales
- Tasas judiciales
- Impuestos como el IVA
- La renta
- Gastos financieros
- Facturas o gastos con fecha anterior a la presentación de esta subvención
- Patrocinios y premios
- Gastos de alojamientos y desplazamiento así como catéring o gastos de alimentación.
Requisitos
Tal como se ha indicado anteriormente el principal requisito para que puedan darnos la subvención es que el gasto sea realizado durante 2018 y a partir del momento en que se publica la presente subvención.
El gasto mínimo ha de ser de 2.000€, se ha de disponer de contrato de alquiler o licencia administrativa y la actividad desarrollada ha de ser de considerada un comercio de proximidad con licencia administrativa activa.
No serán subvencionables aquellas inversiones superiores a los 60.000€ y en función de si la empresa o autónomo está catalogada como empresa mediada, pequeña o microempresa nos pedirían documentación adicional a la que relacionaremos en el presente artículo.
Debe tratarse de una empresa de tamaño mediano con menos de 250 personas y con un volumen de negocio que no exceda los 50 Millones de euros o un balance general de activos que no supere los 10 Millones de euros.
Para el caso de la pequeña empresa, debe tener menos de 50 personas y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere los 10 Millones de euros.
Para el caso de una Microempresa debe se de menos de 10 personas y con un volumen de negocio anual o un balance anual general que no supere los 2 Millones de euros.
¿Quién puede recibir esta subvención?
Pueden pedir la subvención tanto empresas individuales, asociadas e incluso agrupaciones, cooperativas de comercio, servicios de artesanía y moda, estén dadas de alta en el IAE y que además consten con actividad en todos los organismos públicos vinculados o adheridos. Es evidente que uno de los requisitos es que tenga establecimiento comercial en Catalunya.
También pueden pedir esta subvención las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro así como las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
En este sentido, se entienden como empresas de servicios con actividad empresarial y por tanto susceptibles de solicitar la subvención las siguientes:
- Talleres mecánicos
- Servicios fotográficos
- Copisterías y artes gráficas
- Servicios de reparaciones
- Agencias de viaje detallistas
- Tintorerías y lavanderías
- Peluquerías y salones de belleza y estética
- Bares y restaurantes y/o servicios de comida preparado y catering.
Por tanto, y en base al anterior listado, debe entenderse que quedarán fuera de esta subvención los fabricantes y mayoristas así como los negocios de artesanía alimentaria. Es decir, la presente subvención va destinada únicamente a actividades minoristas y/o detalle. ( Se puede consultar qué tipo de negocio puede o no puede entrar en Base al Decret 182/2014, de 30 de desembre )
Por otro lado, aclaramos que se entenderán como empresas de moda, según las bases reguladoras, aquellas que realizan actividades de diseño y creatividad, en sus productos o servicios están sujetos a una renovación constante y se vinculan además a las equipaciones de personas.
Quedan especialmente excluidas como beneficiarias de la subvención las empresas en las que la participación de capital público sea superior al 50%.
¿Cómo se calcula la cantidad de subvención a recibir?
Se puede subvencionar hasta un 50% de los gastos realizados en la modernización de los negocios hasta un máximo a recibir por la subvención de 5.000€.
Para poder obtener la subvención el proyecto a presentar no puede superar el 20% del coste real que se produzca finalmente y que deberá ser justificado. Por eso mismo, realizar un buen proyecto y una buena preparación de las actuaciones a a realizar en el negocio y sobre las que se van a pedir subvención es fundamental. Contar con un buen técnico o asesoramiento antes de presentar la subvención será fundamental. Si se superase ese 20% de desviación se penalizaría la solicitud con una rebaja en la cantidad de subvención recibida.
Se tendrán en cuenta a la hora de otorgar las subvenciones tanto el tipo de empresario, emprendedor, entidad así como los importes de otras ayudas otorgadas al solicitante. En ningún caso la subvención podrá superar el coste de la actividad finalmente desarrollada por el emprendedor una vez sumadas todas las subvenciones recibidas.
¿Cuándo se otorga la subvención?
Para tener derecho a la subvención el gasto ha de producirse dentro del periodo que computa para la presentación de esta subvención y además ha de justificarse el gasto o pago con un máximo de tres meses a la presentación de la subvención.
A modo de ejemplo, si presentamos la subvención en agosto tendríamos que realizar las actuaciones subvencionables antes de acabar el mes de Octubre y justificar el pago.
Plazo para la solicitud de la subvención:
El plazo para presentar la subvención ya ha empezado (9 de Julio) y termina en Diciembre de 2018 en su defecto hasta que se acabe el presupuesto destinado a esta partida por parte de la Generalitat.
Documentación necesaria a aportar:
Entre otras cosas deberemos presentar fotos de la fachada y del interior del establecimiento o la parada de mercado previa a la realización de las acciones.
Se deberá aportar copia de la licencia municipal o permiso de apertura.
Además, para el caso de solicitar la subvención por coger un local vacío deberá aportarse también el contrato de alquiler firmado.
Deberá aportarse presupuesto detallado de forma inicial yo/o las facturas de los gastos realizados o derivados de la apertura del establecimiento comercial o de las reformas o mejoras realizadas.
Finalmente deberá presentarse también un estudio sobre el estado actual del negocio: l’autodiagnosi TIC que aún siendo sencillo deberá cumplimentar de forma adecuada para disponer de más opciones o posibilidades de accedes a la subvención.
Contar con una buena consultora de negocio especializada en compra venta de empresas y expansión de negocios ayudará a facilitar los trámites en la obtención de la subvención o ayuda a los emprendedores o empresarios que quieran optar por esta ayuda.
En La Central del Negocio te ayudamos a tramitar tu subvención. Llámanos sin compromiso y te informaremos cómo podemos ayudarte!
En La Central del Negocio somos especialistas en valorar negocios, estudiar su mejor fórmula de éxito y por tanto ayudamos a nuestros clientes a mejorar su gestión, implantar nuevos sistemas tecnológicos, crear negocios de éxito o innovadores y a implementar tecnología o nuevos productos. Una consultora integral de negocio que asesora a inversores y emprendedores por igual adaptando cada proyecto de forma individual a nuestros clientes.
Daniel Moreno Haro
CEO La Central del Negocio
Para más información sobre la subvención pueden consultar más información en:
¿Dónde se puede pedir?:
Normativa aplicable:
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