Comunicado conjunto Asesoría y LCDN urgente debido a la actual situación en Catalunya

Estimado cliente/colaborador/lector,

Debido a la gran cantidad de consultas recibidas estos días a cerca de la posibilidad de que Catalunya realice una DUI (Declaración Unilateral de Independencia ) nuestro despacho Asesoría Edac y nuestra consultoría La Central del Negocio quieren emitir el siguiente comunicado conjunto:

  1. Tranquilidad

A pesar de la incertidumbre que podría provocar en la economía la Declaración de la DUI y entrada en vigor de la Ley de Transitoriedad es poco o nada probable que se realice con rapidez. De entrada, la Ley tiene previsto que tras la DUI se inicie la preparación de una Constitución Catalana que posteriormente deberá ser sometida a referéndum y una vez aprobada se tendrían que convocar elecciones para proclamar al presidente de la República Catalana.

Por tanto, si el Gobierno catalán finalmente tira por la directa con la DUI hemos de contar un plazo aproximado de 2 meses como mínimo para toda su preparación y puesta en marcha en su totalidad. Nos posicionamos por tanto después de Navidades si todo va rápido.

Durante ese periodo la economía directa y para entendernos, de barrio, no se verá afectada directamente ni para comerciantes ni negocios de proximidad por cuanto se podría continuar trabajando de forma totalmente autónoma y aún “bajo un paraguas nacional e internacional”. Durante ese periodo se vería exactamente cuál es el futuro de nuestro país.

Cuenten que ante la posibilidad de la DUI aún dispondremos de algo de margen de maniobra para aquellos más desconfiados en el proyecto de la República Catalana. No adelantemos nada y seamos cautos.

La continuidad de nuestra Franquicia y modelo de negocio está garantizada y dispone de un recorrido y viabilidad para muchos años.

  1. Salir fuera de Catalunya

Muchos de nuestros clientes nos preguntan por la posibilidad de marcharse fuera de Catalunya. La realidad es que para el caso de una DUI la situación financiera se pondría difícil durante un tiempo dado que casi con toda seguridad los créditos y financiación quedarían restringidos. Pero no seamos alarmistas aún. Insistimos en que tenemos margen de maniobra, Catalunya representa un 20% del PIB y el 16% de la población y no se tomará, esperamos, una decisión de forma precipitada. Queremos pensar que tantos años de estudios nos han servido a todos y especialmente a los gobernantes para algo más que hacer unas oposiciones o poner un nombre en una tarjeta de visita.

Algunas de las grandes empresas y corporaciones están marchando de Catalunya, pero otras muchas están viniendo. Los movimientos responden más a elementos fiscales o tributarios que ya tenían planificados y la situación actual ha sido la excusa perfecta para el cambio de sede. No nos dejemos engañar del todo. Las grandes empresas que se han marchado son principalmente capitalistas, seguros y corporaciones globales de servicios que no operan localmente. La principal razón ha sido y es evitar bajadas en la cotización de sus acciones dada la presión que se está ejerciendo a nivel internacional por ambas partes del conflicto catalán. La pequeña empresa “debe estar tranquila”. El IBEX no afecta a los pequeños empresarios dado que genera muchos millones pero en general los beneficios que generan ya se van fuera de España, cosa que se ha protestado y reivindicado desde casi todos los sectores económicos de forma histórica. Lo que hemos de proteger es la pequeña y mediana empresa. No lo olvidemos.

( Banc Sabadell se traslada a una sede que ya era suya para “economizar” costes dado que su situación no es la mejor; La Caixa se traslada a Baleares aprovechando su mejor tratamiento fiscal; etc. )

Todos estos cambios de sede no suponen pérdida de puestos de trabajo. Sólo responden al hecho que hemos comentado.

Trasladar una empresa de pequeño tamaño fuera de Catalunya puede conllevar costes añadidos de gestión que quizá deba considerar previamente. Otra cosa es que además en muchos de los casos, sus trabajos continuarán realizándose en territorio catalán por lo que en realidad necesitará disponer de un centro de trabajo, etc. también en Catalunya.

Más adelante les explicamos en todo caso qué alternativas pueden tener. En cualquier caso, nuestra consultora puede ayudarle a gestionar este cambio y asesorar la mejor opción en cada caso.

  1. Posibilidad de corralito o bloqueo bancario: Cuenta espejo

Aunque nos encantaría decir que no es viable que pase, la realidad es que ante una fuga masiva de empresas y capitales como la que al menos se rumorea que está sucediendo, la posibilidad dentro del marco de una DUI de haber corralito es elevada. ¿Qué implica un corralito?

  • ¿Eso significa que puedo perder mi dinero? No. Su dinero estará protegido aunque quizá no pueda retirar todo el que desee o necesite.
  • ¿Algún día podré sacarlo? Sí, el problema reside en que si realmente no se nos dejara entrar en la zona euro tendríamos que manejar nuestra propia moneda lo cual implicaría que en un inicio y para estimular la economía nuestro nuevo país y nuestro dinero se devaluará. Es decir, que la moneda Catalana debería ser más barata que el euro para recuperar inversores atraídos por “lo barato” de nuestro país.
  • ¿Y si tengo el dinero en un banco español? Si su dinero está en un banco, sea español o catalán da realmente igual. Aquí el problema está en que la oficina o sucursal está en territorio Catalán y por tanto ha pasado a ser una sucursal extranjera con respecto a España o Europa. Lo único que le daría tranquilidad es disponer de su dinero en sucursales fuera de territorio catalán.

En cualquier caso, insistimos en que no sean alarmistas. La posibilidad existe y es real. Esperemos que también sea poco probable, pero la devaluación de la moneda catalana es una posibilidad además del corralito.

Si está alarmado, la solución momentánea sería crear una cuenta espejo en otra oficina bancaria del mismo banco pero otra comunidad. Nos ponemos a su disposición para más información al respecto. Pero quede claro que nuestro despacho ni realiza prácticas ilegales ni es nuestro cometido la evasión de impuestos ni nada que se asemeje remotamente. Todo nuestro trabajo va destinado a que dentro de la legalidad y cauces normales conforme a leyes y normativas nuestros clientes puedan beneficiarse del sistema existente y en ningún caso burlarlo. Nuestros clientes son ante todo empresarios honrados.

  1. Posibilidad de traslado de oficinas

Ya hemos introducido qué podría suponer el traslado de oficinas a otras comunidades autónomas. No precipiten sus decisiones.

Como saben, dentro de nuestros planes de expansión a través de nuestra empresa y con nuestro modelo de Franquicia hemos abierto oficina en varias poblaciones.

Actualmente nuestra asesoría cuenta con oficinas fuera de Catalunya en Alicante y estamos preparando nuestra apertura en Madrid y Andorra desde hace meses y que por tanto podemos prestarle un servicio global más amplio. No es nuestra intención invitarle a salir de Catalunya ni muchísimo menos. Nosotros estamos aquí y seguiremos aquí convencidos que la sensatez de uno y otro lado vendrá y que se impondrá la razón seamos independentistas, centralistas, nacionalistas o cualquier otro nombre que quieran ponernos a cada uno de nosotros.

Igualmente, ante la declaración de la DUI por parte de Catalunya, serán necesarios al menos 6 días para la aplicación del ya famosísimo Articulo 155. Aplicar el artículo 155 conllevaría a la nulidad de la Generalitat y del Estatuto Catalán. El delegado de Gobierno, Enric Millo, sería el nuevo presidente y se convocarían elecciones. Por tanto, ante este escenario, nuestra consultoría ya le plantearía otras actuaciones si considerásemos el caso.

Por lo que respecta al Artículo 116 que vendría a ser llevar el 155 al extremo y que intervinieran ya las fuerzas armadas cosa que evidentemente no contemplamos que pueda suceder… Si esto pasa, haremos directamente una reunión con todos nuestros clientes.

Por eso mismo, insistimos en que por ahora deben estar tranquilos. Nuestra consultora estará atenta a los acontecimientos y por propio interés nuestro le avisaríamos inmediatamente si considerásemos urgente tomar medidas de algún tipo.

  1. Servicios complementarios

Nos ponemos a su entera disposición para valorar todas las opciones que tiene a su alcance reiterando una vez más que la tranquilidad es nuestro mejor aliado siempre para tomar decisiones inteligentes.

Recordarle que nuestra consultora ofrece con carácter genérico servicios de:

Asesoría: Fiscales, contables, laborales, mercantiles y jurídicos.

Financiero: próximamente le ofreceremos la posibilidad de participar en nuestra plataforma de Crowdfunding que estamos iniciando para la financiación de proyectos profesionales de nuestros clientes y amigos.

Compra venta y traspaso de negocios: sucesiones empresariales, ampliación de negocios, traspaso de negocios de proximidad, venta de empresas, etc.

Las inversiones en Catalunya continuarán. No tengan miedo a invertir en una comunidad y colectivo con futuro. Otra cosa es que lo hagamos con cabeza. Ahí es donde nosotros le ayudaremos.

El presente comunicado lo hacemos extensible y visible en nuestras páginas web y deseamos que sea un mensaje tranquilizador para nuestros clientes poniéndonos a su disposición para analizar los casos concretos y características particulares.

Daniel Moreno

CEO Asesoría Edac

CEO La Central del Negocio

Comunicado realizado en Asesoría Edac

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Condiciones servicio Publicación:

Don Daniel Moreno Haro, mayor de edad, en su calidad de Consultor especializado en compra-venta de negocios, con DNI 40994813G, Administrador de LA CENTRAL DEL NEGOCIO, cuyo domicilio profesional es C/ Valencia 482, local, de Barcelona, en adelante denominado LA CENTRAL. La Central Del Negocio es propiedad de Asesoría Edac - Lcdn SL con NIF B64697527 y domicilio social en Barcelona.

Ambas partes, VENDEDOR/CEDENTE/PORPIETARIO (en adelante VENDEDOR) y LA CENTRAL, intervienen, con capacidad legal necesaria y suficiente que se reconocen, suscriben el presente Contrato de Actuación con arreglo a los siguientes 

PACTOS

Primero.-Publicación y Cesión de datos: Para el caso de contratar los servicios de publicación, La Central publicará el negocio, local propiedad descrito en el presente contrato en su página web, siguiendo los datos y parámetros proporcionados por el Vendedor y siguiendo sus instrucciones en todo momento. El precio final de publicación será incorporado por el VENDEDOR en el encargo de valoración del negocio entregado por LA CENTRAL.

En función de la opción de publicación contratada, se informa al VENDEDOR que La Central promocionará el negocio en diferentes portales especializados en compra venta de empresas y traspaso de negocios, alquiler o compra venta por cuenta del cliente y podrá ceder a terceros información de la empresa en venta o negocio en traspaso o local en venta o alquiler por lo que usted autoriza expresamente a La Central a poder divulgar datos del mismo con la finalidad siempre y única de ayudarle a conseguir los objetivos que motivan la propia publicación: venta, traspaso o alquiler.

Así mismo, el VENDEDOR autoriza mediante el presente a que sus datos puedan ser incorporados en sus bases de datos y puedan ser cedidos a terceros que formen parte del mismo grupo empresarial con fines comerciales.

Segundo.-Tiempo. El tiempo de contratación vendrá regulado por su propia elección y será prorrogable por periodos idénticos para el caso de no comunicar decisión en contrario. Por tanto, el presente se realiza con carácter indefinido y hasta la realización de la venta, traspaso o cesión del negocio, alquiler o venta o en su defecto hasta la retirada del anuncio.

Para el caso de querer rescindir el presente sin motivo justificado por anticipado se devengarían los honorarios o compensaciones indicadas en el Pacto Octavo del presente.

Se entenderá por causa justificada de imposibilidad de realizar la cesión, traspaso, venta o alquiler:

1.    Que el propietario del local arrendado no acepte nuevos inquilinos.

2.    Que el ayuntamiento no facilite el cambio de nombre.

3.    Que exista imposibilidad de traspasar o ceder la licencia.

4.    Que por razones urbanísticas deba posponerse el traspaso, venta o alquiler debido a problemas burocráticos, dificultades y/o obras que afecten directamente al negocio,

5.    Por circunstancias familiares extremas que impidan la firma del titular o titulares de la correspondiente licencia y pueda quedar interrumpida la operación, etc.

La Central podrá solicitar justificación de cualquiera de las motivaciones expuestas en el presente.

Tercero.- Modalidades de Contratación y servicios incluidos:


El precio de los servicios indicados podrá ir variando en función de las ofertas publicadas por lo que será objeto directo de contratación a través de sistema directo en web según el momento.

Cuarto.- Obligaciones del Vendedor. El VENDEDOR   se obliga de forma expresa a comunicar la operación de venta, cesión o traspaso y alquiler a LA CENTRAL, debiendo ponerse en contacto con ésta para informar al respecto salvo pacto expreso entre las partes.

La realización de contratos y documentos tanto de compra venta de empresa como cesión o traspaso del negocio, alquiler o venta con otras consultoras no exime al cliente de pagar los honorarios de publicación pactados incluso para el caso de realizar una compra venta de acciones, un subarriendo o una venta parcial o cesión parcial de negocio. Cualquier alteración en la propiedad del negocio o local por cualquier cuestión jurídica o mercantil supondrá la finalización del presente contrato devengando en su caso los honorarios pendientes hasta la finalización del contrato.

Para el caso de contratar el servicio PREMIUM, el VENDEDOR deberá facilitar a LA CENTRAL los datos del COMPRADOR o CESIONARIO para poder llevar a cabo la citada operación y para salvaguardar la propia relación contractual del presente. Así mismo, el VENDEDOR se obliga a informar a su COMPRADOR que sus datos serán proporcionados a LA CENTRAL en salvaguarda del presente contrato.

Quinto.- Compromiso. Corresponderá a LA CENTRAL las labores de realización de los trabajos contratados con total diligencia con la finalidad de poder llevar a buen término la operación de traspaso, venta o alquiler con total garantía para el vendedor o cedente y el comprador o cesionario.

En función de la contratación elegida LA CENTRAL se compromete a mantener informado al VENDEDOR sobre el estado de su anuncio y las estadísticas del mismo para que pueda tomar una decisión más acertada sobre la estrategia a seguir a la hora de vender su negocio.

LA CENTRAL mantendrá, para el caso de contratar el servicio, cualquier anuncio y/o promoción del negocio objeto de traspaso, venta o alquiler hasta que el VENDEDOR comunique su Cesión , traspaso, venta o alquiler definitivo.

Sexto.-Honorarios. La Central no cobrará comisión alguna por la intermediación en el presente contrato al VENDEDOR y remitirá para el caso de contratarse los servicios, los contactos y/o posibles candidatos que surjan directamente para que personalmente puedan negociar ambas partes.

En función del tipo o modalidad de contratación elegida, La Central podrá Asesorar y proporcionar candidatos además de promocionar en diferentes medios el negocio objeto del presente y a gestionar conjuntamente las posibles ofertas de compra que existan sobre el negocio.

La Central podrá devengar honorarios adicionales al COMPRADOR o CESIONARIO por las gestiones de: Realización de contratos, cambios de nombre, cambios de titular de licencia, etc. siempre que este los pida expresamente En ningún caso se cobrará importe adicional al vendedor del negocio más allá de los descritos en el presente siempre salvo pacto expreso entre las partes o que el VENDEDOR contrate otros servicios que ofrece La Central que no son objeto del presente contrato.

No se incluye la tramitación de los cambios de nombre o licencia que en todo caso irían a cargo del comprador o cesionario. Todo ello salva pacto expreso entre las partes que en cualquier caso no exime al cliente de pagar los honorarios indicados en el Pacto Segundo.

Para la prestación del servicio se requerirá el pago de los servicios de forma on-line.

Únicamente el PLAN PREMIUM conlleva unos honorarios adicionales en el momento de realizar la operación de cesión, traspaso, compra venta o alquiler por importe de 1.990€ que serán abonados en el momento de retirar el anuncio o realizarse la operación objeto de publicación.

Honorarios Adicionales:

Le recomendamos que si desea contratar alguno de nuestros Servicios adicionales como Fotografía, Video o Marketing contacte con nuestros asesores para que puedan realizarle un presupuesto a medida. Inicialmente quedan excluidos de la modalidad de contratación directa on-line.

Los Servicios contratados son paquetes estándar y cualquier alteración de los mismos deberá ser objeto de pacto entre las partes de forma previa.

Para el caso de que la cesión, traspaso o compra venta en cualquiera de sus modalidades jurídicas se produjera tras la publicación realizada por LA CENTRAL en las modalidades de contratación Plan Gold y Plan Premium con un precio superior a 80.000€, LA CENTRAL tendrá derecho al cobro de unos honorarios adicionales del 0,7% sobre el valor final de la operación debido al sobrecoste que supone la promoción de este tipo de negocio.

El VENDEDOR cuya publicación se realiza con este importe inicial se obliga expresamente a remitir al retirar el anuncio y/o finalizar la relación comercial con La Central, a remitir el contrato de cesión, traspaso, compra venta o alquiler en cualquier de sus modalidades jurídicas, incluso para el cambio o compra venta de acciones o títulos para salvaguardar la buena fe y que La Central pueda verificar la correspondencia o no de honorarios adicionales.

Séptimo.-Responsabilidades. De no estar expresamente contratado el servicio, La Central no entrará a valorar la veracidad de los datos proporcionados por lo que se exime de toda responsabilidad sobre la documentación aportada a un posible comprador o cesionario, por la veracidad de los datos proporcionados, etc. Se advierte así mismo que para el caso de contratarse el servicio de asesoramiento, al comprador se le advertirá así mismo de este mismo hecho.

El presente contrato se entiende IN PERSONAE por lo que El VENDEDOR asume de forma personal las obligaciones del presente contrato incluso si la forma jurídica objeto de contrato fuera societario.

El Vendedor afirma que los datos incluidos en el presente son ciertos bajo su responsabilidad.

Finalmente, se aconseja al cliente que no rescinda contratos, ni mercantiles ni laborales, hasta la firma del contrato definitivo de Venta, traspaso o cesión, no asumiendo LA CENTRAL responsabilidad alguna por dichos extremos, en ningún caso.

Octavo.- Indemnización por incumplimiento. En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente contrato en base a la modalidad de contratación elegida, EL VENDEDOR se obliga a abonar en concepto de indemnización por daños y perjuicios así como costes asumidos por La Central en concepto de promoción del negocio, uso de web y recursos de la empresa el doble del importe que quedase pendiente de devengo hasta finalización de contrato con un mínimo de 600€.

Así mismo, y de forma adicional, para el caso de la contratación PREMIUM, EL VENDEDOR (cedente) deberá indemnizar a LA CENTRAL con el doble del importe de los honorarios a los que tuviera derecho a percibir LA CENTRAL en base al presente contrato más los intereses que generen como consecuencia de tal incumplimiento como cláusula indemnizatoria por incumplimiento.

Noveno.-Fuero y Legislación aplicable. Con renuncia a cualquier otro foro las partes se someten a la competencia de los Tribunales de Barcelona en todo lo relativo a las discrepancias que pudieran surgir sobre el presente Contrato.

Décimo.- Protección de Datos. De acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos,  le informamos que en DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL  los datos personales que Ud. nos facilite serán incorporados a nuestros ficheros automatizados con el fin de prestarles el servicio solicitado. Los datos facilitados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo que exista obligación legal para ello. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición, previstos en la ley, dirigiendo un escrito a DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL con NIFB64697527con domicilio social en Calle Valencia 482 Local, BARCELONA.


En lo especialmente establecido en este Contrato será de aplicación la regulación del arrendamiento de servicios en el Código Civil