Cómo valorar una empresa. ¿Cuál es su precio de venta?

Cómo valorar una empresa. ¿Cuál es su precio de venta?

Vender tu empresa no es plato de buen gusto ni tan sólo cuando lo haces convencido ya sea por jubilación, por salud, por razones familiares o incluso por no haber conseguido la rentabilidad esperada. Poner nuestra empresa en manos de otras personas es como cuando llevas a tus hijos por primera vez de campamentos y llegas a casa, donde no hay ruido ni nadie que te reclame. Por eso mismo, nosotros siempre vamos a valorar nuestra empresa de una forma totalmente subjetiva.

Nuestra empresa siempre será la más lista, la más guapa y por tanto la mejor. Pero, ¿es esa la realidad de mi empresa?

Para saber el precio de venta de una empresa utilizamos varios sistemas que explicaremos en el presente artículo. La valoraremos, en función del sector donde se sitúa, por su facturación, por su inmovilizado, por un precio “fijo” o incluso por sus expectativas futuras.

Valoración de una empresa en función de facturación:

Hay sectores en los que podemos valorar una empresa únicamente por su facturación. ¿Cuál es la razón? Pues muy sencillo, suelen ser sectores en los que prácticamente en su totalidad interviene la mano de obra.

¿Qué sectores pueden acogerse a este sistema?

  • Venta de Gestoría o Asesorías: lo importante es la cartera de clientes. Si sabemos cuánto se factura, la antigüedad de los clientes, etc. podemos establecer fácilmente un precio de venta. Un profesional del sector sabrá identificar claramente cuál es su expectativa de beneficio por cuando al incorporar esa facturación a su sistema arrojará un resultado.
  • Venta de Cartera de Seguros: lo mismo ocurre. Aunque sabemos que el cliente año tras año puede valorar marchar a otra compañía, la antigüedad de los clientes será importante por cuanto podremos valorar la fidelidad de los mismos.
  • Venta de empresas de transporte: aunque deberemos tener en cuenta la cantidad de vehículos y el estado de los mismos, la cartera de clientes en venta y su antigüedad en nuestro “activo” es un factor clave.
  • Venta de empresa de mantenimientos y venta de empresa de limpiezas: aunque con características especiales por lo que respecta a la cartera de limpiezas por cuanto tienen una regulación especial de protección a los trabajadores, este tipo de empresas también se valoran por su facturación.

En general, cualquier empresa que trabaje bajo el sistema de cuotas o servicios mensuales es susceptible de poder valorarse bajo este sistema.

Y, ¿Cuál es el precio aceptado en el mercado?

El precio de una empresa con estas características se suele valorar entre el 80% y el 120% de su facturación anual dependiendo del valor añadido que ofrece la empresa y de la fidelidad de los clientes y su antigüedad en la compañía.

Valoración de una empresa en función de sus activos:

Cuando tenemos una empresa que requiere de grandes inversiones para llevarse a cabo tales como maquinarias, instalaciones, etc. se tendrá en cuenta no sólo la facturación como en el caso anterior, que evidentemente será importante, sino también el coste de adquisición de los elementos productivos y el tiempo que podemos tardar en maximizar nuestra producción.

Si queremos iniciar una línea nueva de negocio con una gran necesidad de compra de maquinaria, instalaciones, etc. necesitaremos tiempo para su puesta en marcha ya ue primero necesitaremos localizar un espacio para su instalación, posteriormente deberemos esperar los permisos para iniciar la fabricación, posteriormente deberemos contratar personal y formarlo para lanzar nuestra línea productiva, etc. Sin duda, en estos casos puede ser más interesante comprar una empresa que esté en jubilación, concurso de acreedores o similar puesto que agilizamos todo nuestro sistema.

¿Qué sectores valoran la venta de empresas por sus activos?

  • La Venta de Industria de todo tipo: venta de industria química, etc. donde el periodo de adaptación y puesta en marcha puede llegar a alargarse hasta 2 años.
  • La venta de empresas Patrimoniales: el propio nombre lo indica. Si lo que tienen es patrimonio y es lo que se vende sin duda se valorará en función de su tasación o rendimiento efectivo. Ni más ni menos.

¿Cuál es el precio aceptado en el mercado para la venta de estas empresas?

Omitimos la explicación de cualquier valoración que se efectúe sobre valores o empresas inmobiliarias por cuanto ya se ha comentado cómo funciona.

En cuanto al sector industrial, se realizan 2 tipos de valoraciones:

  1. Por el valor de los equipos e instalaciones: Normalmente valorará la empresa en venta con éste método otro industrial o inversor que no sea del sector por cuanto sólo verá una oportunidad si entiende que compra unos equipos y maquinaria por debajo de su valor de compra. Es decir, nos valorará la maquinaria y equipos como material de segunda mano. Este es el típico caso de empresas en concurso de acreedores o liquidaciones de empresa, donde los inversores de La Central del Negocio no valoran el trabajo y esfuerzo que ha supuesto llegar a ese momento si no que valoran el trabajo y esfuerzo futuro que tendrán para arrancar de nuevo el sistema productivo por lo que realmente harán una valoración de la empresa más bien escasa.
  2. Por el valor del coste de puesta en marcha: Normalmente un industrial del sector que desea iniciar una nueva línea valorará el coste que tiene adquirir máquinas, ponerlas en funcionamiento y la formación de personal además de contar con los gastos de local y adecuación de instalaciones. Así, si un empresario tiene en cuenta que deberá invertir 1M€ en alquilar otra nave industrial, comprar equipos, formación de personal, etc. y que además tardará 2 años en tenerlo en funcionamiento y quizá 2 más en conseguir el equilibrio o punto muerto de la nueva línea productiva, valorará muy positivamente invertir ese 1M€ aunque sea adquiriendo maquinaria de segunda mano, la antigüedad de unos trabajadores, etc. con tal de agilizar todo su proceso por cuanto al día siguiente podría estar ofreciendo el servicio a sus clientes, fabricando a gran escala por tanto teniendo la posibilidad de alcanzar el punto de equilibrio desde el día 0.

Por tanto, aquí el precio de venta de una empresa no está tan claro cómo se determina. Sin duda dependerá no tanto de los elementos que se están comprando sino más bien de la inversión o costes que tendría alguien que quisiera tener un negocio parecido.

Valoración Mixta de una empresa en venta:

Hay una gran mayoría de pequeños negocios y empresas que requieren un método de valoración mixto por cuanto si la facturación es  importante se tendrá en cuenta al mismo tiempo que los costes la puesta en marcha de un negocio ya que en algunos sitios será posible montar el negocio y en cambio en otros no se obtendría permisos.

El caso más claro quizá sea el de la Hostelería. ¿Quiere montar un restaurante? Pues necesitará salida de humos. Así que lo primero será localizar un local con estas características y que además el ayuntamiento lo permita dado que en algunas zonas hay actividades vetadas como pasa en Barcelona por ejemplo en Gracias o Gotic, etc. donde no es posible montar un restaurante desde 0.

¿En qué sectores se valoran de forma Mixta la Venta de empresas?

  • Venta de negocios de Hostelería, Panaderías, etc. será muy importante no sólo la facturación si no también se valorará la situación del local, la posibilidad de obtener permisos en un local cercano, el coste de su puesta en marcha, etc.
  • Venta de comercio de barrio: Será importante lo que se gana y también lo que hay dentro puesto que obtener los permisos y licencias suele ser relativamente sencillo como por ejemplo Papelerías, Peluquerías, etc.

¿Cuál es el precio aceptado en la venta de este tipo de empresas?

Aquí el precio se valora de forma conjunta y se suele establecer el precio más alto de las dos valoraciones. Es decir,

  • ¿Cuánto se gana?: Si ganamos 30.000€ al año el negocio no podremos valorarlo en más de 60.000€ por este método por cuanto ganando ese dinero un emprendedor no recuperaría el dinero nunca.
  • ¿Qué inversión habría que hacer para abrirlo nuevo?: Si montar un restaurante nuevo me costaría 150.000€ es evidente que no estaré dispuesto a pagar 150.000€ por un restaurante de segunda mano. ¿Cuándo valoraré pagar ese dinero? Pues valoraré invertir ese dinero cuando pueda demostrar que con los beneficios me compensa pagar 200.000€ por un restaurante de segunda mano cuando yo lo montaría por 150.000€ nuevo.

Valoración de empresa en venta por precio fijo:

En el sector de compra venta de empresas hay algunos sectores que bien porque tienen precios públicos, bien porque se consideran negocios estables y duraderos, etc. la valoración que se hace del negocio, aunque con salvedades, suele ser un precio fijo.

¿Qué empresas en venta se valoran por un precio fijo?

  • Residencias geriátricas: donde se valora entre 8-10.000€ la plaza pública (que subvenciona el estado); por 6-8.000€ la plaza privada; 4-6.000€ la plaza pública de centro de día; 3-4.000€ la plaza privada de Centro de Día. Aunque evidentemente será importante tener en cuenta el estado de las instalaciones.
  • Estancos y Loterías: el rendimiento que ofrecen se puede comprobar fácilmente por cuanto se dispone de un documento oficial emitido por el estado que dice exactamente el rendimiento que da un estanco o el rendimiento de una administración de lotería.

¿Cuál es el precio aceptado en una compra venta de empresa de estas características?

Al margen de lo que es la Residencia Geriátrica, las loterías y estancos se valoran por 3 veces su rendimiento anual. Evidentemente con salvedades con respecto al precio del alquiler, si se realizan ventas únicamente en nuestro local o si por el contrario tenemos mucha venta por segundo canal como máquinas expendedoras, etc. Por tanto, el precio se moverá en una horquilla de 2 a 3 veces su rendimiento.

 

Nuestra consultoría está especializada en compra venta de empresas y traspaso de negocios. Somos los primeros interesados en realizar la máxima valoración de los negocios que vendemos y traspasamos. Nuestros profesionales valoran los negocios y empresas en venta desde todas las perspectivas. Disponemos de economistas, abogados, asesores laboralistas, químicos, profesionales de la hostelería, etc que pueden garantizar el precio justo para cualquier empresa. Todos los profesionales son plantilla propia. No subcontratamos servicios a terceros para garantizar la velocidad y calidad de nuestros servicios. Somos la mayor consultora especializada en traspaso de negocios y trabajamos como consultoría ayudando en la valoración patrimonial de empresas ya sea para su venta, para la separación de socios o accionistas, para la incorporación en una herencia o tasación jurídica.

Si desea vender su empresa, vender sus acciones, garantizar su herencia o traspasar su negocio no dude en consultarnos sin compromiso.

Daniel Moreno

CEO La Central del Negocio

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Condiciones servicio Publicación:

Don Daniel Moreno Haro, mayor de edad, en su calidad de Consultor especializado en compra-venta de negocios, con DNI 40994813G, Administrador de LA CENTRAL DEL NEGOCIO, cuyo domicilio profesional es C/ Valencia 482, local, de Barcelona, en adelante denominado LA CENTRAL. La Central Del Negocio es propiedad de Asesoría Edac - Lcdn SL con NIF B64697527 y domicilio social en Barcelona.

Ambas partes, VENDEDOR/CEDENTE/PORPIETARIO (en adelante VENDEDOR) y LA CENTRAL, intervienen, con capacidad legal necesaria y suficiente que se reconocen, suscriben el presente Contrato de Actuación con arreglo a los siguientes 

PACTOS

Primero.-Publicación y Cesión de datos: Para el caso de contratar los servicios de publicación, La Central publicará el negocio, local propiedad descrito en el presente contrato en su página web, siguiendo los datos y parámetros proporcionados por el Vendedor y siguiendo sus instrucciones en todo momento. El precio final de publicación será incorporado por el VENDEDOR en el encargo de valoración del negocio entregado por LA CENTRAL.

En función de la opción de publicación contratada, se informa al VENDEDOR que La Central promocionará el negocio en diferentes portales especializados en compra venta de empresas y traspaso de negocios, alquiler o compra venta por cuenta del cliente y podrá ceder a terceros información de la empresa en venta o negocio en traspaso o local en venta o alquiler por lo que usted autoriza expresamente a La Central a poder divulgar datos del mismo con la finalidad siempre y única de ayudarle a conseguir los objetivos que motivan la propia publicación: venta, traspaso o alquiler.

Así mismo, el VENDEDOR autoriza mediante el presente a que sus datos puedan ser incorporados en sus bases de datos y puedan ser cedidos a terceros que formen parte del mismo grupo empresarial con fines comerciales.

Segundo.-Tiempo. El tiempo de contratación vendrá regulado por su propia elección y será prorrogable por periodos idénticos para el caso de no comunicar decisión en contrario. Por tanto, el presente se realiza con carácter indefinido y hasta la realización de la venta, traspaso o cesión del negocio, alquiler o venta o en su defecto hasta la retirada del anuncio.

Para el caso de querer rescindir el presente sin motivo justificado por anticipado se devengarían los honorarios o compensaciones indicadas en el Pacto Octavo del presente.

Se entenderá por causa justificada de imposibilidad de realizar la cesión, traspaso, venta o alquiler:

1.    Que el propietario del local arrendado no acepte nuevos inquilinos.

2.    Que el ayuntamiento no facilite el cambio de nombre.

3.    Que exista imposibilidad de traspasar o ceder la licencia.

4.    Que por razones urbanísticas deba posponerse el traspaso, venta o alquiler debido a problemas burocráticos, dificultades y/o obras que afecten directamente al negocio,

5.    Por circunstancias familiares extremas que impidan la firma del titular o titulares de la correspondiente licencia y pueda quedar interrumpida la operación, etc.

La Central podrá solicitar justificación de cualquiera de las motivaciones expuestas en el presente.

Tercero.- Modalidades de Contratación y servicios incluidos:


El precio de los servicios indicados podrá ir variando en función de las ofertas publicadas por lo que será objeto directo de contratación a través de sistema directo en web según el momento.

Cuarto.- Obligaciones del Vendedor. El VENDEDOR   se obliga de forma expresa a comunicar la operación de venta, cesión o traspaso y alquiler a LA CENTRAL, debiendo ponerse en contacto con ésta para informar al respecto salvo pacto expreso entre las partes.

La realización de contratos y documentos tanto de compra venta de empresa como cesión o traspaso del negocio, alquiler o venta con otras consultoras no exime al cliente de pagar los honorarios de publicación pactados incluso para el caso de realizar una compra venta de acciones, un subarriendo o una venta parcial o cesión parcial de negocio. Cualquier alteración en la propiedad del negocio o local por cualquier cuestión jurídica o mercantil supondrá la finalización del presente contrato devengando en su caso los honorarios pendientes hasta la finalización del contrato.

Para el caso de contratar el servicio PREMIUM, el VENDEDOR deberá facilitar a LA CENTRAL los datos del COMPRADOR o CESIONARIO para poder llevar a cabo la citada operación y para salvaguardar la propia relación contractual del presente. Así mismo, el VENDEDOR se obliga a informar a su COMPRADOR que sus datos serán proporcionados a LA CENTRAL en salvaguarda del presente contrato.

Quinto.- Compromiso. Corresponderá a LA CENTRAL las labores de realización de los trabajos contratados con total diligencia con la finalidad de poder llevar a buen término la operación de traspaso, venta o alquiler con total garantía para el vendedor o cedente y el comprador o cesionario.

En función de la contratación elegida LA CENTRAL se compromete a mantener informado al VENDEDOR sobre el estado de su anuncio y las estadísticas del mismo para que pueda tomar una decisión más acertada sobre la estrategia a seguir a la hora de vender su negocio.

LA CENTRAL mantendrá, para el caso de contratar el servicio, cualquier anuncio y/o promoción del negocio objeto de traspaso, venta o alquiler hasta que el VENDEDOR comunique su Cesión , traspaso, venta o alquiler definitivo.

Sexto.-Honorarios. La Central no cobrará comisión alguna por la intermediación en el presente contrato al VENDEDOR y remitirá para el caso de contratarse los servicios, los contactos y/o posibles candidatos que surjan directamente para que personalmente puedan negociar ambas partes.

En función del tipo o modalidad de contratación elegida, La Central podrá Asesorar y proporcionar candidatos además de promocionar en diferentes medios el negocio objeto del presente y a gestionar conjuntamente las posibles ofertas de compra que existan sobre el negocio.

La Central podrá devengar honorarios adicionales al COMPRADOR o CESIONARIO por las gestiones de: Realización de contratos, cambios de nombre, cambios de titular de licencia, etc. siempre que este los pida expresamente En ningún caso se cobrará importe adicional al vendedor del negocio más allá de los descritos en el presente siempre salvo pacto expreso entre las partes o que el VENDEDOR contrate otros servicios que ofrece La Central que no son objeto del presente contrato.

No se incluye la tramitación de los cambios de nombre o licencia que en todo caso irían a cargo del comprador o cesionario. Todo ello salva pacto expreso entre las partes que en cualquier caso no exime al cliente de pagar los honorarios indicados en el Pacto Segundo.

Para la prestación del servicio se requerirá el pago de los servicios de forma on-line.

Únicamente el PLAN PREMIUM conlleva unos honorarios adicionales en el momento de realizar la operación de cesión, traspaso, compra venta o alquiler por importe de 1.990€ que serán abonados en el momento de retirar el anuncio o realizarse la operación objeto de publicación.

Honorarios Adicionales:

Le recomendamos que si desea contratar alguno de nuestros Servicios adicionales como Fotografía, Video o Marketing contacte con nuestros asesores para que puedan realizarle un presupuesto a medida. Inicialmente quedan excluidos de la modalidad de contratación directa on-line.

Los Servicios contratados son paquetes estándar y cualquier alteración de los mismos deberá ser objeto de pacto entre las partes de forma previa.

Para el caso de que la cesión, traspaso o compra venta en cualquiera de sus modalidades jurídicas se produjera tras la publicación realizada por LA CENTRAL en las modalidades de contratación Plan Gold y Plan Premium con un precio superior a 80.000€, LA CENTRAL tendrá derecho al cobro de unos honorarios adicionales del 0,7% sobre el valor final de la operación debido al sobrecoste que supone la promoción de este tipo de negocio.

El VENDEDOR cuya publicación se realiza con este importe inicial se obliga expresamente a remitir al retirar el anuncio y/o finalizar la relación comercial con La Central, a remitir el contrato de cesión, traspaso, compra venta o alquiler en cualquier de sus modalidades jurídicas, incluso para el cambio o compra venta de acciones o títulos para salvaguardar la buena fe y que La Central pueda verificar la correspondencia o no de honorarios adicionales.

Séptimo.-Responsabilidades. De no estar expresamente contratado el servicio, La Central no entrará a valorar la veracidad de los datos proporcionados por lo que se exime de toda responsabilidad sobre la documentación aportada a un posible comprador o cesionario, por la veracidad de los datos proporcionados, etc. Se advierte así mismo que para el caso de contratarse el servicio de asesoramiento, al comprador se le advertirá así mismo de este mismo hecho.

El presente contrato se entiende IN PERSONAE por lo que El VENDEDOR asume de forma personal las obligaciones del presente contrato incluso si la forma jurídica objeto de contrato fuera societario.

El Vendedor afirma que los datos incluidos en el presente son ciertos bajo su responsabilidad.

Finalmente, se aconseja al cliente que no rescinda contratos, ni mercantiles ni laborales, hasta la firma del contrato definitivo de Venta, traspaso o cesión, no asumiendo LA CENTRAL responsabilidad alguna por dichos extremos, en ningún caso.

Octavo.- Indemnización por incumplimiento. En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente contrato en base a la modalidad de contratación elegida, EL VENDEDOR se obliga a abonar en concepto de indemnización por daños y perjuicios así como costes asumidos por La Central en concepto de promoción del negocio, uso de web y recursos de la empresa el doble del importe que quedase pendiente de devengo hasta finalización de contrato con un mínimo de 600€.

Así mismo, y de forma adicional, para el caso de la contratación PREMIUM, EL VENDEDOR (cedente) deberá indemnizar a LA CENTRAL con el doble del importe de los honorarios a los que tuviera derecho a percibir LA CENTRAL en base al presente contrato más los intereses que generen como consecuencia de tal incumplimiento como cláusula indemnizatoria por incumplimiento.

Noveno.-Fuero y Legislación aplicable. Con renuncia a cualquier otro foro las partes se someten a la competencia de los Tribunales de Barcelona en todo lo relativo a las discrepancias que pudieran surgir sobre el presente Contrato.

Décimo.- Protección de Datos. De acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos,  le informamos que en DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL  los datos personales que Ud. nos facilite serán incorporados a nuestros ficheros automatizados con el fin de prestarles el servicio solicitado. Los datos facilitados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo que exista obligación legal para ello. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición, previstos en la ley, dirigiendo un escrito a DAC SERVICIOS ADMINISTRACION SL con NIFB64697527con domicilio social en Calle Valencia 482 Local, BARCELONA.


En lo especialmente establecido en este Contrato será de aplicación la regulación del arrendamiento de servicios en el Código Civil


 

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