Macxipan. Objetivo: maximizar beneficios incluso hundiendo a la competencia

Desde hace unos 5 años hemos visto como proliferaban las panaderías y en concreto las franquicias de Panadería en nuestras ciudades. Entre ellas ha destacado con mucha diferencia Granier, que desde el principio apostó por locales situados en zonas prime, con alquileres altos, cosa que nadie había hecho hasta la fecha. La evidencia de su éxito hizo que aparecieran franquicias que ofrecían productos y ofertas similares, abriendo en otras zonas e incluso en las mismas con distancias casi insultantes entre ellas.

No hay ni una, ni dos. Hay muchísimas zonas en las que podemos encontrar hasta 3 y 4 negocios de panadería en menos de 25-50m. En esa distancia encontramos la panadería tradicional, la primera franquicia que se colocó a 50m, otra que se coló buscando el conflicto entre ambas. Y al amparo del éxito comercial de la zona, ahora también se suma la cadena Macxipan, siguiendo su estrategia de crecimiento la que posteriormente detallaremos.

Podemos decir que hay cadenas de panaderías que a pesar de su sed de crecimiento han mantenido una distancia mínima con respecto a panaderías locales. Nosotros hemos tenido el placer de trabajar con varias Franquicias de Panaderías y siempre ha sido una premisa el mantener unos metros mínimos. Este no sería el caso de Macxipan ( Dialypa SL ) que es capaz de abrir puerta con puerta con su competencia. Macxipan aprovecha que controla toda la cadena de producción, distribución y venta para competir de una forma agresiva y brutal en precios para intentar hundir a su competencia y quedarse todo el mercado. Al controlar todo el proceso los márgenes comerciales como el de producción, transporte y venta se los queda la central y eso les da una ventaja competitiva respecto por ejemplo a una Franquicia ya que los márgenes se reparten entre Franquicia y  Franquiciado.

En concreto hemos observado que en algunas tiendas Macxipan se ofrecen unos descuentos y precios muy por debajo de los que ofrecen en otras de sus tiendas. Las nuevas tiendas Macxipan tienen una única finalidad y es intentar hundir a su competencia compitiendo en precio incluso asumiendo que esos punto de venta ( despachos de pan ) sean deficitarios. Como toda empresa, Macxipan desea crecer y aumentar su producción y beneficios. Para ello, la intención con estas aperturas tan próximas a su competencia más directa es obligar a que cierren y aprovechar que ellos ya habían captado la clientela de la zona para quitársela ahora. Hemos podido observar que el periodo de maduración de un negocio Macxipan es de 2 años. Si a los 2 años no han conseguido que su competencia cierre entonces son ellos los que cierran el punto de venta asumiendo el coste y se busca otra zona de actuación. Pero si consiguen quedarse con el mercado haciendo que cierren sus vecinos aumentan sus beneficios.

Es sorprendente como desde los Ayuntamientos y desde estamentos públicos se establece regulación, vetos y zonas de actuación e implantación para determinados negocios como estancos, farmacias, loterías, cafeterías y bares ( a pesar de lo que parezca ) y no lo hace con un sector tan tradicional como la panadería ni se establece algún tipo de certificado de producción o calidad para diferenciar los negocios que ofrecen producto congelado de los que no lo hacen y se “curran” un producto tradicional.

No seremos nosotros los que juzguemos en concreto la actuación de Macxipan puesto que el mercado lo permite y la ética queda al margen de un negocio y sus beneficios. Lo que está claro es que el sistema le funciona estupendamente  a la empresa Macxipan, ya que año tras año ha ido incrementando ventas en el área de Barcelona con un sistema tan simple como el que hemos explicado: abrir junto a la competencia aprovechando que ya han creado un mercado, bajar precios e incluso perder dinero durante 2 años y esperar a que cierren para quedarse con todo el mercado.

Bajo nuestro punto de vista, aquellos negocios de panadería con degustación ( cafetería ) no deben desesperar si reciben la inesperada visita de Macxipan. Hemos de tener en cuenta que los negocios con panadería o despachos de pan con cafetería suelen tener un valor superior al de una tienda Macxipan, como es la salida de humos, que siempre ofrecerá la opción de transformar el negocio en un restaurante o similar.

En cuanto al producto, Macxipan ofrece producto ultra congelado, lo que viene siendo tendencia en el sector desde hace ya varios años. Por tanto en este sentido no ofrece ninguna novedad o mejora respecto a otras Franquicias del sector y lo que hace es competir de forma agresiva en precio. En cuanto a la panadería tradicional deberá precisamente potenciar y dar valor a su producto tradicional y para ello deberá promocionarlo y remodelar su tienda. Bajo nuestro punto de vista la panadería tradicional tiene un problema de estrategia comercial puesto que sus tiendas no son atractivas visualmente y no se advierte ni se promociona de forma suficiente cómo se elabora su producto. El refrán “se come por la vista” toma más importancia que nunca.

Por tanto, queremos felicitar a Macxipan por su estrategia comercial y por haberla convertido en un modelo de éxito. Al mismo tiempo no queremos dejar de animar a todos los emprendedores que han visto como la competencia ( Macxipan, Granier, Valero, Pannus, etc. ) se colocaba a escasos metros perjudicando inicialmente su oferta y ventas. Un negocio de panadería y panadería con degustación puede ser rentable con independencia de la cercanía de sus competidores. Sólo deberá vigilar más sus costes y dejarse aconsejar por profesionales del sector. Hay colectivos como el Gremi de Flequers de Barcelona que ofrece servicios de consultoría que van desde la formación, hasta la búsqueda de proveedores, pasando por el Asesoramiento Fiscal y Jurídico del negocio.

Y nuestro consejo:

Bajar precios no es una solución viable para competir. Al establecer precios en un negocio de cualquier tipo se tienen en cuenta los propios costes. Por tanto, establecer nuestros precios en base a los que tiene nuestra competencia sólo nos llevará a la pérdida de control. No miremos tanto a la competencia y empecemos a trabajar en nuestra propia casa.

Daniel Moreno Haro

CEO La Central del Negocio

CEO Asesoría Edac

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Condiciones servicio Publicación:

Don Daniel Moreno Haro, mayor de edad, en su calidad de Consultor especializado en compra-venta de negocios, con DNI 40994813G, Administrador de LA CENTRAL DEL NEGOCIO, cuyo domicilio profesional es C/ Valencia 482, local, de Barcelona, en adelante denominado LA CENTRAL. La Central Del Negocio es propiedad de Asesoría Edac - Lcdn SL con NIF B64697527 y domicilio social en Barcelona.

Ambas partes, VENDEDOR/CEDENTE/PORPIETARIO (en adelante VENDEDOR) y LA CENTRAL, intervienen, con capacidad legal necesaria y suficiente que se reconocen, suscriben el presente Contrato de Actuación con arreglo a los siguientes 

PACTOS

Primero.-Publicación y Cesión de datos: Para el caso de contratar los servicios de publicación, La Central publicará el negocio, local propiedad descrito en el presente contrato en su página web, siguiendo los datos y parámetros proporcionados por el Vendedor y siguiendo sus instrucciones en todo momento. El precio final de publicación será incorporado por el VENDEDOR en el encargo de valoración del negocio entregado por LA CENTRAL.

En función de la opción de publicación contratada, se informa al VENDEDOR que La Central promocionará el negocio en diferentes portales especializados en compra venta de empresas y traspaso de negocios, alquiler o compra venta por cuenta del cliente y podrá ceder a terceros información de la empresa en venta o negocio en traspaso o local en venta o alquiler por lo que usted autoriza expresamente a La Central a poder divulgar datos del mismo con la finalidad siempre y única de ayudarle a conseguir los objetivos que motivan la propia publicación: venta, traspaso o alquiler.

Así mismo, el VENDEDOR autoriza mediante el presente a que sus datos puedan ser incorporados en sus bases de datos y puedan ser cedidos a terceros que formen parte del mismo grupo empresarial con fines comerciales.

Segundo.-Tiempo. El tiempo de contratación vendrá regulado por su propia elección y será prorrogable por periodos idénticos para el caso de no comunicar decisión en contrario. Por tanto, el presente se realiza con carácter indefinido y hasta la realización de la venta, traspaso o cesión del negocio, alquiler o venta o en su defecto hasta la retirada del anuncio.

Para el caso de querer rescindir el presente sin motivo justificado por anticipado se devengarían los honorarios o compensaciones indicadas en el Pacto Octavo del presente.

Se entenderá por causa justificada de imposibilidad de realizar la cesión, traspaso, venta o alquiler:

1.    Que el propietario del local arrendado no acepte nuevos inquilinos.

2.    Que el ayuntamiento no facilite el cambio de nombre.

3.    Que exista imposibilidad de traspasar o ceder la licencia.

4.    Que por razones urbanísticas deba posponerse el traspaso, venta o alquiler debido a problemas burocráticos, dificultades y/o obras que afecten directamente al negocio,

5.    Por circunstancias familiares extremas que impidan la firma del titular o titulares de la correspondiente licencia y pueda quedar interrumpida la operación, etc.

La Central podrá solicitar justificación de cualquiera de las motivaciones expuestas en el presente.

Tercero.- Modalidades de Contratación y servicios incluidos:


El precio de los servicios indicados podrá ir variando en función de las ofertas publicadas por lo que será objeto directo de contratación a través de sistema directo en web según el momento.

Cuarto.- Obligaciones del Vendedor. El VENDEDOR   se obliga de forma expresa a comunicar la operación de venta, cesión o traspaso y alquiler a LA CENTRAL, debiendo ponerse en contacto con ésta para informar al respecto salvo pacto expreso entre las partes.

La realización de contratos y documentos tanto de compra venta de empresa como cesión o traspaso del negocio, alquiler o venta con otras consultoras no exime al cliente de pagar los honorarios de publicación pactados incluso para el caso de realizar una compra venta de acciones, un subarriendo o una venta parcial o cesión parcial de negocio. Cualquier alteración en la propiedad del negocio o local por cualquier cuestión jurídica o mercantil supondrá la finalización del presente contrato devengando en su caso los honorarios pendientes hasta la finalización del contrato.

Para el caso de contratar el servicio PREMIUM, el VENDEDOR deberá facilitar a LA CENTRAL los datos del COMPRADOR o CESIONARIO para poder llevar a cabo la citada operación y para salvaguardar la propia relación contractual del presente. Así mismo, el VENDEDOR se obliga a informar a su COMPRADOR que sus datos serán proporcionados a LA CENTRAL en salvaguarda del presente contrato.

Quinto.- Compromiso. Corresponderá a LA CENTRAL las labores de realización de los trabajos contratados con total diligencia con la finalidad de poder llevar a buen término la operación de traspaso, venta o alquiler con total garantía para el vendedor o cedente y el comprador o cesionario.

En función de la contratación elegida LA CENTRAL se compromete a mantener informado al VENDEDOR sobre el estado de su anuncio y las estadísticas del mismo para que pueda tomar una decisión más acertada sobre la estrategia a seguir a la hora de vender su negocio.

LA CENTRAL mantendrá, para el caso de contratar el servicio, cualquier anuncio y/o promoción del negocio objeto de traspaso, venta o alquiler hasta que el VENDEDOR comunique su Cesión , traspaso, venta o alquiler definitivo.

Sexto.-Honorarios. La Central no cobrará comisión alguna por la intermediación en el presente contrato al VENDEDOR y remitirá para el caso de contratarse los servicios, los contactos y/o posibles candidatos que surjan directamente para que personalmente puedan negociar ambas partes.

En función del tipo o modalidad de contratación elegida, La Central podrá Asesorar y proporcionar candidatos además de promocionar en diferentes medios el negocio objeto del presente y a gestionar conjuntamente las posibles ofertas de compra que existan sobre el negocio.

La Central podrá devengar honorarios adicionales al COMPRADOR o CESIONARIO por las gestiones de: Realización de contratos, cambios de nombre, cambios de titular de licencia, etc. siempre que este los pida expresamente En ningún caso se cobrará importe adicional al vendedor del negocio más allá de los descritos en el presente siempre salvo pacto expreso entre las partes o que el VENDEDOR contrate otros servicios que ofrece La Central que no son objeto del presente contrato.

No se incluye la tramitación de los cambios de nombre o licencia que en todo caso irían a cargo del comprador o cesionario. Todo ello salva pacto expreso entre las partes que en cualquier caso no exime al cliente de pagar los honorarios indicados en el Pacto Segundo.

Para la prestación del servicio se requerirá el pago de los servicios de forma on-line.

Únicamente el PLAN PREMIUM conlleva unos honorarios adicionales en el momento de realizar la operación de cesión, traspaso, compra venta o alquiler por importe de 1.990€ que serán abonados en el momento de retirar el anuncio o realizarse la operación objeto de publicación.

Honorarios Adicionales:

Le recomendamos que si desea contratar alguno de nuestros Servicios adicionales como Fotografía, Video o Marketing contacte con nuestros asesores para que puedan realizarle un presupuesto a medida. Inicialmente quedan excluidos de la modalidad de contratación directa on-line.

Los Servicios contratados son paquetes estándar y cualquier alteración de los mismos deberá ser objeto de pacto entre las partes de forma previa.

Para el caso de que la cesión, traspaso o compra venta en cualquiera de sus modalidades jurídicas se produjera tras la publicación realizada por LA CENTRAL en las modalidades de contratación Plan Gold y Plan Premium con un precio superior a 80.000€, LA CENTRAL tendrá derecho al cobro de unos honorarios adicionales del 0,7% sobre el valor final de la operación debido al sobrecoste que supone la promoción de este tipo de negocio.

El VENDEDOR cuya publicación se realiza con este importe inicial se obliga expresamente a remitir al retirar el anuncio y/o finalizar la relación comercial con La Central, a remitir el contrato de cesión, traspaso, compra venta o alquiler en cualquier de sus modalidades jurídicas, incluso para el cambio o compra venta de acciones o títulos para salvaguardar la buena fe y que La Central pueda verificar la correspondencia o no de honorarios adicionales.

Séptimo.-Responsabilidades. De no estar expresamente contratado el servicio, La Central no entrará a valorar la veracidad de los datos proporcionados por lo que se exime de toda responsabilidad sobre la documentación aportada a un posible comprador o cesionario, por la veracidad de los datos proporcionados, etc. Se advierte así mismo que para el caso de contratarse el servicio de asesoramiento, al comprador se le advertirá así mismo de este mismo hecho.

El presente contrato se entiende IN PERSONAE por lo que El VENDEDOR asume de forma personal las obligaciones del presente contrato incluso si la forma jurídica objeto de contrato fuera societario.

El Vendedor afirma que los datos incluidos en el presente son ciertos bajo su responsabilidad.

Finalmente, se aconseja al cliente que no rescinda contratos, ni mercantiles ni laborales, hasta la firma del contrato definitivo de Venta, traspaso o cesión, no asumiendo LA CENTRAL responsabilidad alguna por dichos extremos, en ningún caso.

Octavo.- Indemnización por incumplimiento. En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente contrato en base a la modalidad de contratación elegida, EL VENDEDOR se obliga a abonar en concepto de indemnización por daños y perjuicios así como costes asumidos por La Central en concepto de promoción del negocio, uso de web y recursos de la empresa el doble del importe que quedase pendiente de devengo hasta finalización de contrato con un mínimo de 600€.

Así mismo, y de forma adicional, para el caso de la contratación PREMIUM, EL VENDEDOR (cedente) deberá indemnizar a LA CENTRAL con el doble del importe de los honorarios a los que tuviera derecho a percibir LA CENTRAL en base al presente contrato más los intereses que generen como consecuencia de tal incumplimiento como cláusula indemnizatoria por incumplimiento.

Noveno.-Fuero y Legislación aplicable. Con renuncia a cualquier otro foro las partes se someten a la competencia de los Tribunales de Barcelona en todo lo relativo a las discrepancias que pudieran surgir sobre el presente Contrato.

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